Delegados alertan sobre posibles represalias

Oscar Castelnovo

Nueve muertes en 24 meses
Por su parte, unos 80 presos del pabellón 8, dejan nuevamente “constancia de un Registro de las personas que murieron asesinadas, lentamente de hambre o por abandono de persona en los años 2013 y 2014”. A saber: José FERREIRA, (asesinado a golpes en abril de 2013), Rodolfo Ismael BARBA (muerto por abandono), Leonardo Merele VILLALBA, ( muerto por abandono ) Félix Alberto VELASQUEZ ( muerto por abandono ), Pedro ADORNO, (asesinado por asfixia con una almohada en Julio 2014), Emilio Rodolfo CARRERAS, (muerto por abandono) , Domingo Santos SANDOVAL, (muerto por abandono), Miguel Ángel VALDEZ (muerto por abandono) Héctor Efraín SILVA (muerto por abandono).
A esta tétrica lista se agregan “las próximas víctimas del SPB, ya que están desamparados sin comida ni medicamentos”, expresaron los detenidos. Se trata de Juan Carlos Farías (necesita atención médica), Manuel Sosa (necesita atención médica), Guadalberto Godoy Núñez, (necesita atención médica), Luján Hugo Corro Castaño, (necesita atención médica), Eloy Tomas Blanco Gómez, (necesita atención médica), Víctor Manuel Flétez Brítez (necesita atención médica), Nolberto Raúl Aguirre García (necesita atención médica) Saturnino Ruiz Díaz Vera (necesita atención médica), Pedro Damián Lemes Pereira (necesita atención médica), Abdón Valenzuela (necesita atención médica), Jorge Alejandro Scarecella Robles (necesita atención médica) y Julio Cesar Arrúa (necesita atención médica).
Un caso paradigmático de esta situación, es el Luján Obdulio Corro Castaño, (78) quien padece, entre otras enfermedades, diabetes, artrosis con graves problemas de movilidad, cataratas maduras, pérdida total de la visión del ojo derecho, (paulatinamente está disminuyendo la del ojo Izquierdo) e hipertensión arterial. Además, debería ingerir una dieta especial prescripta medicamente, sin embargo: no recibe un solo medicamento para ninguna de sus múltiples afecciones y la polenta con hueso pelado, es la reiteradísima especialidad de la casa en la U-26. “Si estos siguen así – dijo Corro a la APL -, dejo de comer la polenta y de tomar agua y me tiro a la muerte, que se acabe todo de una vez”.

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El Escrito: ATROPELLOS ANTICONSTITUCIONALES

Solicitamos Cumplimiento del Art. 18 Constitución Nacional Mejores Condiciones de detención:

Informamos ante los ataques a los que luchan por sus derechos, por la denuncia que hacemos públicamente, hacemos responsable de nuestra integridad, física, psicológica, moral, etc, etc, a las autoridad máximas provinciales de turno, ante cualquier medida represalia que puedan inducir y generar las autoridades nombradas en el presente de la Unidad nº 26 de Lisandro olmos, y / o cualquier jefatura del S.P.B.

El pasado lunes 4 de Agosto del año 2014 Jorge Cibeira, Teodoro Páez, y Corro Castaño, detenidos delegados representantes del Pabellón Nº 8 de la Unidad Nº 26 de Lisandro Olmos, Ciudad de la Plata, nos dirigimos a los Responsables de las condiciones de detención y representantes de Planificación del Ministerio de Justicia y Seguridad bonaerense, Dr. César Albarracín, Subsecretario de Política Criminal, Dr. Roberto Falcone Director Provincial, Dra. Florencia Piermarini, Jefa del S.P.B. y la Dra. Cecilia Medina, Directora de Población Carcelaria.

En la Solicitud le Solicitamos los derechos correspondientes en las condiciones de detención, para Que se adopten las medidas pertinentes y se aplique el estricto y efectivo Cumplimiento a las garantías y derechos Constitucionales que prescriben los Arts- 18, y 75 de Nuestra Constitución Nacional, que asegura un Tratamiento digno para Seguridad y la formación de las personas privada de Libertad.

El pedido Se en focalizó, por los múltiples fallecimientos, de las personas detenidas, los cortes de las líneas telefónicas para cortar los lazos familiares, el bloqueo a los cursos de formación de oficios y a la Educación, la falta de alimentación, la falta de atención médica, la falta de entrega de medicamentos, la falta del consumo de agua potable, los estudios criminológicos que son encajonados y no son enviados a los respectivos Tribunales en tiempo y forma. Además, estamos Solicitando Programas de Tratamiento para el Derecho a la Inclusión Social, y Terminar con las Tardanzas en acceder a los beneficios que corresponde, cuando los detenidos cumplen con los Reglamentos que establecen las Leyes.

No es posible cometer múltiples delitos tan complejos sin la complicidad, por acción o por omisión, de los funcionarios de una unidad de alojamiento, que alberga a detenidos de conducta ejemplar y valetudinarios, es evidente que cuando los esfuerzos por prevenir y combatir las violaciones de los derechos humanos, no son suficientes, también estamos frente a crímenes contra la humanidad. Más aún cuando quienes deben proteger a las personas y garantizar los programas para la inclusión social en libertad, colaboran, protegen o encubren a quienes comercian con seres humanos, en esos casos el estado es responsable frente a sus ciudadanos, señores políticos: la inseguridad masiva que existe en la sociedad, se combate desde adentro.

La aplicación por parte de jefes, y oficiales del S.P.B de torturas, amenazas, tormentos, restricciones la imposición de condiciones inhumanas de detención y el uso abusivo del poder coercitivo estatal, entre otras prácticas ilícitas constitutivas de violencia institucional, resultan lesivas para la libertad, la integridad, la dignidad y la vida de las personas. Son prácticas violatorias de los derechos humanos que por su gravedad, extensión y masividad afectan la vigencia plena del estado democrático de derecho.

Las mismas reflejan variados violaciones sistemáticas constitucionales a los derechos humanos en las condiciones de detención, los detenidos se están muriendo lentamente, primero por abandono de persona de parte de salud penitenciaria, y segundo de hambre. Es un régimen totalitario y dictatorial como instrumento de castigo, en una unidad donde no debería haber ningún castigo, si no tratamientos.

Acciones estas, que van en contra de los tratamientos de los reclusos y son provocadas por la nueva jefatura bajo la responsabilidad del director Pablo Abel Bonafe, el subdirector Hugo Orlando Piedrabuena, el jefe del penal subprefecto Pablo Oberti, con la complicidad de los alcaldes mayores Gustavo Pio, Darío Mansineli, Facundo Olavarría, y el jefe de requisa centeno, que operan con su postura represora,

Conclusión:
1)Que se apliquen las reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos adoptadas por el Primer Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en Ginebra en 1955, y aprobadas por el Consejo Económico y Social en sus resoluciones 663c (XXIV) de 31 de julio de 1957 .

2) Solicitamos pronta intervención y/o participación de entidades u organismos oportunamente mencionados, para cambiar esta jefatura de turno represora, además para tener una real y justa solución en términos razonables, en tiempo y forma.
Dejamos constancia de los detenidos fallecidos.