Igualdad ante la ley

¿POR QUÉ?
Con esta pregunta intentamos develar la desidia, el abandono, el olvido y, porque no, la animosidad de algunos jueces a los que solo les interesa “garantizar” su sueldo, su puesto laboral y no así la misión para la cual fueron elegidos y puestos en un cargo que les permite se parte en la construcción del nuevo hombre, apostando siempre a la perfectibilidad del mismo, sin hacer futurología y procurando que la ley de Ejecución Penal, deje de ser un manual de consulta y, en cambio, sea utilizado como herramienta de INSERCIÓN E INCLUCIÓN SOCIAL. Porque a fin de cuenta de eso se trata su misión: lograr que las personas deterioradas que llegan a la cárcel, superado el estadio resocializador, puedan ser insertadas e incluidas socialmente.

Ahora bien, cuando pasado el estadio de “tratamiento” individual el condenado a demostrado una evolución positiva, integradora, y demuestra tener actitudes socializadoras y de conformidad a las normativas vigentes DEBE ser incluido en programas y regímenes a fines, ya que la NO inclusión devendría en una vulneración de esos derechos que establecen las leyes y, claro está, el Juez de Ejecución se transforma así en transgresor de esas leyes traicionado la misión para la cual fue elegido.
Dicho esto te hago saber lector, que 21 años después del secuestro institucional que padezco vuelvo a sufrir los apremios sicológicos más dañinos de los que pueda ser víctima un ser humano: la incertidumbre, la ignorancia, el abandono, el olvido, la desidia.

Curiosamente desde el mismo instante en que la puerta de la celda de castigo se serrara a mis espaldas, se me dijo que debía participar activamente de programas que me permitieran resocializarme y que podría acceder, paulatinamente, a regímenes integradores.

INTERACTUANDO CON LA COMUNIDAD
Que así las cosas, hace seis años atrás se me incluyo en régimen de salidas transitorias las que utilice para integrarme a la comunidad local, pero fui mucho más lejos: Llevo cinco años consecutivos interactuando con la comunidad, trabajando con personas, con seres humanos, y ninguno de ellos se quejo jamás, es decir: llevo una conducta de vida sostenida en el tiempo, más allá de las calificaciones alfa numérica que la administración carcelaria debe registrar, y estos cinco años me permitieron interactuar con personas anónimas, publicas, de fuerzas de seguridad (a través de los cursos de capacitación que dicta la Cruz Roja), con otras aéreas del gobierno (Sub Secretaria de la Mujer, Secretaria de Derechos Humanos o Abordaje Territorial) contando además con cartas de recomendación de todas esas organización. Gracias a ello y a la oportunidad que me dieron desde la administración carcelaria me encuentro insertado en la sociedad y No existen “novedades” en uso de esas salidas, siendo que usufructuó de las mismas semana a semana. No fui aceptado socialmente, sino incluido y prueba de ellos son las ofertas laborales que tengo y hasta el emprendimiento comercial en el rubro textil que se encuentra funcionando con la ayuda de familias amigas de esta comunidad.
ES DECIR: está demostrado con HECHOS que mi evolución en el régimen resocializador m permite una segura INSERCIÓN E INCLUSIÓN social…

HECHOS

CINCO años consecutivos trabajando para Cruz Roja Argentina, de lunes a viernes de 14 a 21 horas, sin la más mínima supervisión penitenciaria ni judicial, con la secretaria de derechos humanos, abordaje territorial y un sin número de personas e instituciones.

CUATRO años consecutivos gozando de salidas transitorias semanales para participar en actividades de Cruz Roja Argentina, cursos de formación y capacitación en salud.
Así mismo para establecer nuevos vínculos sociales, laborales y afectivos, sin que existan informes negativos al respecto. Porque el informe que elevado a SS,por el Sub Director de la Unidad 15 que luce a fojas (698) al hablar de la MULTIPLICIDAD DE DOMICILIOS que poseo para usufructuar mis salidas transitorias esta CERTIFICANDO que poseo un sin número de referentes sociales y afectivos que se interesan por mí, no ya por la resocialización, sino por mi INSERCIÓN E INCLUSIÓN SOCIAL, fin de la pena según reza nuestra constitución nacional, todo lo cual escapa a los informes frio y la FUTUROLOGÍA QUE SE HACE AL HABLAR DE PRONÓSTICOS… al cual se contraponen los hechos… HECHOS Y VERDADES!!!

RAZONES Y LAZOS
Que además desde el año 2008 y por el comportamiento y la actitud demostrada en las tareas que me asignaban los / las agente de la administración carcelaria, se me traslado a la Unidad 15, y posteriormente, fui a la casa de pre egreso dependiente de esta Unidad, casa está desde que la que egreso en uso de mis salidas transitorias y para participar de las actividades de Cruz Roja.
Como vengo sosteniendo no voy a egresar desde el interior de la Unidad al medio libre, sino que desde 2009 vengo participando, construyendo lazos con la comunidad, lazos estos que me permiten sentirme y estar incluido en el medio social, en la comunidad, no solo construyendo sino también manteniendo una conducta de vida sostenida en el tiempo y de la que pueden dar fe muchos ciudadanos.

Y para una mejor ilustración de cuanto digo le adjunto algunas placas fotográficas del lugar en el que habito, de la labor que hago en Cruz Roja y con la Secretaria de Derechos Humanos desde 2009.

Esto bien a consecuencia que desde hace dos años, la juez de Ejecución Rodríguez Melluzo, a cargo del Juzgado de Ejecución Nº 1, Departamental San Martin, Provincia de Buenos Aires, y ante la ausencia de ofertas laborales en relación de dependencia, y tomando en cuenta la hipersensibilidad social, el rechazo a todo lo que provenga del sistema penal, dispuso me incorpore al régimen de monotributista y, en esa condición, pueda insertarme en el mercado laboral.

Que una vez finalizados todos los tramites inherente al régimen pretendido, informé a dicha juez la modalidad de trabajo, día y horas en las que desempeñaría mi labor y referentes que me asistían en el proyecto laboral y la administración carcelaria se encargo de hacer los pertinentes informes socios ambientales y protocolares los que también fueron elevados a la juez.
Para darle más fuerza al proyecto comercial, adquirí, con ahorros propios y dinero de familias amiga un fondo comercial para incursionar en el rubro textil.
Pero después de dos años la señora Juez sigue dilatando en el tiempo mi inclusión al régimen laboral.

Digamos que al momento de autorizar mi egreso laboral, no estaría disponiendo mi salida desde la cárcel en sí misma, y probar, ver, como reacciono frente al oxigeno de la vida libre, porque esto viene ocurriendo desde el año 2009, primero en el marco del convenio de asistencia reciproca entre esta Unidad 15 y la Cruz Roja Argentina, Filial Río Gallegos y luego en el marco de mis Salidas Transitorias, por lo que mi inclusión en el régimen de salida laboral vendría a ser un trámite más dada las circunstancias actuales y la modalidad en al que me encuentro incluido.

Que así mismo les recuerdo que las oportunidades laborales son escasas y por ende quienes en su momento me ofrecieron trabajo, al pasar el tiempo y no concretarse mi salida laboral, ya no cuentan con ese cupo y la oportunidad se desvanece y debo volver a empezar otra vez, por ende esta nueva propuesta al adquirir un local y ser mi propio empleador en compañía de mis referentes y , en un espacio físico sin tener que deambular por la calle en busca de otros trabajos entiendo que posibilita con mayor seguridad mi inclusión socio laboral.

Entonces: No soy una persona que, después de 21 años de aislamiento social consecutivo, saldrá de una celda de castigo sin saber cómo habrá de afectarle el oxígeno de la vida libre, toda vez que llevo, como antes dije, cinco años consecutivos integrándome a esta comunidad sin haber transgredido la mas mínima regla o norma. Habiendo establecido nuevos y múltiples vínculos positivos que me vienen asistiendo, conteniendo y alentándome en este proceso integrador e inclusivo socialmente y prueba de ello son las ofertas de trabajo que en la modalidad de monotributista me llegan permanentemente.

Que la dilación de una decisión judicial en el sentido de la inserción e inclusión a una salida laboral atenta contra el principio de resocialización e inserción social que nuestra Carta Magna le asigna a la pena privativa de la libertad. El retraso y excesivo ritual manifestado por la Juez de la causa causan un gravamen irreparable y la convierten en cómplice formal de abuso sistemático del que somos víctimas del sistema cuando osamos construir un futuro con acciones positivas en el presente y más grave aun cuando ese futuro es alentado por la propia Juez, la administradora de justicia.

¿CUÁL ES LA TAREA DE UN JUEZ DE EJECUCIÓN?
Muchos jueces de ejecución actuales siguen con la misma política de sus predecesores (jueces de cámara, de garantías, de instrucción) solo siguen un expediente, pero jamás han puesto un pie en la cárcel.

El juez de ejecución tiene la obligación, además de recorrer los pasillos de las cárceles, de interactuar con todos y cada uno de los presos y presas, interesarse por las formas y condiciones en que se lleva adelante la ejecución de la pena y modificar los aspectos que no se ajustan al perfil o los valores con que se construye el futuro de la persona tratada.

Los jueces de ejecución DEBEN tener su espacio intramuros de las cárceles porque es allí donde se procura la resocialización del individuo y no en su despacho.
Con ello, la supervisión directa, evitaríamos dilaciones, demoras, vulneración de derechos, nos alejaríamos del expediente, el papel frio donde queda registrado los motivos de la condena y el juez o la juez trabajarían en pro de la resocialización, reinserción e inclusión social de quienes superamos los diversos estadios del tratamiento “resocializador”, sin causar más daño del que por si causa la oscura celda de castigo.
No pido la libertad, ni reducción de condena, ni mejoras carcelarias… pido lo que por derecho corresponde partiendo de lo que sostiene el principio pro homine: “se debe privilegiar al hombre el derecho que más beneficios otorgue al ser humano…”
En mi caso las normativas vigentes disponen que debo ser incluido a un régimen de semi libertad para gozar de salidas laborales, es decir para trabajar, para ser incluido socio laboralmente, asiendo realidad el espíritu de resocialización.

Y si tomamos en cuenta los antecedentes que obran en mi legajo carcelario no hay dudas de que me encuentro integrado socialmente muy a pesar de la cárcel y de los carceleros, integrado e incluido, además, porque de no ser así no podría haber llevado adelante toda la intensa labor reparadora e inclusiva que por más de cinco años vengo desarrollando para la comunidad local.

Pido pues a quienes tienen en sus manos la decisión de incluirme en las salidas laborales que lean con atención y miren lo que con esfuerzo venimos construyendo desde hace cinco años y decidan en consecuencia.
Nada más, y nada menos.-

Ramón Emilio Solari
DNI: 12866948
Unidad 15 – SPF
Rio Gallegos -San Cruz