Los abusos sexuales deben ser considerados delitos de lesa humanidad

Durante diciembre del 2017, cuando se inició la etapa de los alegatos, el fiscal federal Carlos Amad solicitó cadena perpetua para el ex comisario de la policía de Jujuy, Arturo Morales, por los delitos de privación ilegítima de la libertad, con el agravante de violencias o amenazas, homicidio calificado por alevosía y con el concurso premeditado de dos o más personas, en grado de coautor. También pidió 25 años de prisión para el resto de policías locales (Ramón Sánchez, Francisco Díaz y Oscar Guzmán) por los delitos de privación ilegítima de la libertad con el agravante de violencias o amenazas, y del delito de torturas, en grado de coautor, y 15 años para la única mujer imputada, Aída Ruiz, por los delitos de privación ilegítima de la libertad con el agravante de violencias o amenazas y el delito de tortura, todos en concurso real. Y para Sergio Aldana 8 años por el delito de allanamiento ilegal cometido en carácter de partícipe secundario.

En la próxima jornada del 15M los represores podrán utilizar el derecho a pronunciar la última palabra, mientras el Tribunal por su parte deberá decidir, antes de dictar la sentencia, si dará curso a la solicitud realizada por la querella sobre incorporar los delitos sexuales. En este sentido piden que las violaciones realizadas en el contexto de las detenciones clandestinas, y que fueron corroborados a lo largo del juicio, sea incorporados como crímenes de lesa humanidad, dado su carácter sistemático y su relación con los distintos métodos de castigos.

Por su parte, los jueces no estarían considerando los abusos sexuales como crímenes de lesa humanidad pese a que se encuentran en todos los tratados internacionales de los que Argentina forma parte, convirtiendo a Jujuy en la única provincia a la que falta reconocerlo. En contraposición han propuesto que los mismos sean tratados en un nuevo juicio específico, duplicando los esfuerzos y el sufrimiento de todos los testigos. No identificar legalmente a estos crímenes de índole sexual como crímenes de lesa humanidad impide identificar la profundidad de la represión dictatorial a la par que disminuye también la gravedad de las violaciones sexuales. Es preciso recordar que la corte internacional penal reconoce a la violación, esclavitud sexual, prostitución forzada, el embarazo forzado, la esterilización forzosa o cualquier otra forma de violencia sexual de gravedad comparable, como crímenes de lesa humanidad, siempre que la acción forme parte de una práctica extendida o sistemática.