Los responsables

Al comienzo del texto, Casolati afirma que “si bien hasta ahora el derrotero de la investigación fue direccionado a los efectos de determinar la participación que tuvieron en los hechos los agentes Luna, Benítez, Chaparro y Mario, lo cierto es que la investigación y los numerosos testimonios que se fueron agregando a la misma, han demostrado con meridiana claridad que además de los nombrados, otros agentes del SPB participaron activamente en la golpiza que produjera finalmente el deceso de Patricio Barros Cisneros; los nuevos testimonios dan cuenta de la actividad desplegada cada uno de los implicados en el hecho. Sin embargo, nada se ha dicho y ninguna medida se ha tomado respecto a la actitud y actividad desplegada por las autoridades de la Unidad carcelaria; es decir, se avanzó, – a mi modesto entender con diligencia-, en relación a los autores materiales del homicidio, pero se soslayo, la actitud que tuvieron los directivos de la unidad, responsables funcionales de los autores materiales del homicidio de Patricio Barros Cisneros.“Más adelante, el secretario de Ejecución sostiene que “el Señor Agente Fiscal, coincide en parte con la postura que intento traer a la investigación, al decir a fs 218/vta “…tal como quedó plasmado en el acta de fs 5/7 los empleados penitenciarios que dieron cuenta del incidente expresaron: Que el hecho se había producido como consecuencia de una discusión y forcejeo entre los efectivos del Servicio Penitenciario y un interno alojado; éste último quien resultara Patricio Jonathan Barros Cisneros, agredió a uno de los efectivos (de apellido Chaparrro) con un elemento punzante, por lo que entre ambos (Chaparro y Mario), tratan de reducirlo y este se golpea varias veces su cabeza contra las rejas, cayendo al piso desmayado…”. Señala el Señor Agente Fiscal a continuación que luego de recibírsele testimonio a tres internos y a la esposa del occiso: “ …comenzó a desbaratarse la coartada penitenciaria, quedando al descubierto no solamente la mentira pergeñada antes de la llegada de los investigadores, sino la actitud de aprovecharse de testigos que por su calidad de detenidos están en una situación desventajosa y riesgosa para su integridad física en caso de no colaborar…” Luego, Casolati indica que “lamentablemente que “pese a todas las consideraciones que el Señor Agente Fiscal realizó en el escrito obrante a fs, 218/228, ello no ha tenido correlato alguno en el andarivel investigativo que deslinde responsabilidades por la manifiesta actitud de encubrir el homicidio que tuvieron los sindicados como autores, pero mucho más evidente aún en las acciones desplegadas luego de la muerte de Patricio Barros Cisneros, por las máximas autoridades de la Unidad. Me refiero al Director a Jefe del Penal y a los Subdirectores”.Finalmente, Juan Casolati solicita al fiscal que: 1-Se profundice y amplíe la investigación en curso, con el objeto de investigar el grado de responsabilidad penal que tuvieron “a posteriori” de la golpiza que ocasionara la muerte de Patricio Barros Cisneros, las màximas autoridades de la Unidad 46 San Martìn, estos es el Director, los Subdirectores y el Jefe de Penal de la misma.2-Cite a brindar testimonio, en relación a estos nuevos hechos a los testigos Pandiani, Mantilla y Acosta, para que aporten elementos que me hicieran saber de modo informal el dìa 6 de marzo de 2012.