El Comité contra la Tortura de la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) la entrevistó durante su internación en el hospital San Martín de La Plata, después de la operación por una infección en la médula por tuberculosis. Los médicos del nosocomio dijeron que el estado irreversible de su salud podría haberse evitado si se trataba a tiempo, pero el Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB) tardó seis meses en atender el pedido de atención médica de la detenida; cuando llegó al hospital extramuros ya era demasiado tarde.
Luego de la entrevista, el Comité contra la Tortura la CPM pidió un informe urgente y solicitó que se le garantice la atención médica integral y sostenida en su lugar de detención; esto implica las curaciones diarias, la provisión de pañales y el control de las sondas urinarias, la asistencia para el aseo personal, dispositivos para su movilidad y un tratamiento psicológico con abordaje específico, debido a la angustia que genera este daño irreversible en su salud y calidad de vida.
Mónica fue detenida hace ocho meses; primero estuvo alojada en la Alcaidía Pettinato y desde febrero en la Unidad Penitenciaria 32. En octubre, dos meses después de su detención, comenzó a sufrir dolores persistentes en la espalda y fue derivada para un examen urológico en la Unidad Hospitalaria 22, que no permitió arribar a ningún diagnóstico. Los dolores se fueron intensificando cada vez más, acompañados por fiebre nocturna y escalofríos. Con el tiempo comenzó a notar también dificultades para caminar, al punto que necesitaba de sus compañeras para movilizarse.
En enero, cuando aún seguía en la Alcaidía, ella mismo detectó una gran protuberancia en su columna; una vez más, no recibió ninguna asistencia. En febrero fue trasladada a la Unidad Penitenciaria 32 y allí su estado de salud se agravó. El dolor ya le resultaba insoportable, tanto que gritaba y lloraba de dolor, sin embargo el Servicio Penitenciario le negaba cualquier gestión para atenderse extramuros. En Sanidad sólo le daban ibuprofeno y paracetamol que para ese entonces ni siquiera servían como paliativo a sus dolores.
A mediados de marzo, a raíz de la desidia del SPB, Mónica junto a otras detenidas que se solidarizaron con ella iniciaron una huelga de hambre a modo de protesta, reclamando que se garantizara la derivación hacia un hospital extramuros. En respuesta a ese pedido, el 18 de marzo la trasladaron al sector de sanidad de la Unidad 23. En el marco de ese traslado, sufrió maltrato y discriminación en razón de su género; los agentes varones del SPB que intervinieron le decían que les daba asco tocarla y pretendían que ella misma subiera a la silla de ruedas, algo que ya le resultaba imposible hacer. En sanidad de la Unidad 23 sólo fue examinada superficialmente por una trabajadora de salud.
Recién después de seis meses de dolores, y cuando el estado de salud ya era de extrema gravedad, el SPB realizó la primera gestión para la atención extramuro: se gestionaron turnos en el área de urología y traumatología del hospital Mi Pueblo de Florencio Varela. El 20 de marzo, Mónica debía ser atendida; sin embargo, debido a la tardanza de los agentes penitenciarios encargados de llevarla al Hospital, perdió el turno médico.
Cuando volvió a la UP 32 fue alojada en buzones, permaneció sola en una celda, durmiendo en el piso sin colchón. Un día después fue reubicada en el pabellón 11. A esa altura, Mónica ya prácticamente no podía desplazarse, había perdido sensibilidad en gran parte de su cuerpo y tenía serias lesiones, especialmente en las piernas, por los maltratos recibidos. Ese mismo día tuvo que ser trasladada a la Unidad Hospitalaria 22 donde le realizaron placas radiográficas. Luego de los estudios fue derivada al hospital San Martín donde, finalmente, fue intervenida quirúrgicamente.
Durante el tiempo de internación, Mónica estuvo con custodia penitenciaria las 24 horas y esposada de pie y mano a la cama. La sujeción con esposas en pacientes con afecciones de salud constituye una práctica de tortura, violatoria de la dignidad humana, pero además en este caso resulta ilógico e irracional, un acto intolerable que expresa la desidia o voluntad de los agentes penitenciarios por degradar la condición humana de ella.
Bajo custodia del Estado, Mónica sufrió un daño irreversible. Los síntomas y dolores eran conocidos por todos los agentes penitenciarios y, sin embargo, le negaron sistemáticamente la atención médica adecuada. También conocían su historia clínica: ella padece VIH como enfermedad de base con antecedentes de tuberculosis. Seis meses de reclamos desoídos.
Mientras a Mónica se le negó insistentemente el derecho a la salud, también se le impidió un efectivo acceso a la justicia; desde hace meses, no tiene contacto con su defensor particular y, por este motivo, la CPM requirió que se tomen las medidas necesarias para la designación de un defensor oficial. Hay en el caso, además, un dato más de la desidia, discriminación y trato denigrante que viene sufriendo: en la causa en trámite figura con su nombre registral, desconociendo su género.
El caso de Mónica expresa en toda su brutalidad la grave crisis de salud en los lugares de encierro. La CPM viene reclamando, desde hace años, que la salud penitenciaria pase a la órbita del Ministerio de Salud de la Provincia. Otro reclamo histórico sistemáticamente desoído. Mientras tanto, la desatención de la salud es la principal causal de muerte en el encierro. Mónica sobrevivió, pero su calidad de vida no volverá a ser la misma nunca.