La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal integrada por los jueces Mariano Hernán Borinsky, Juan Gustavo M. Hornos y Carlos Gemignani, dispuso hoy, “HACER LUGAR a la acción de Habeas Corpus interpuesta y, en consecuencia, ORDENAR a la ANSES que, en los casos en que correspondiere conforme la normativa legal aplicable, OTORGUE los beneficios de la ley 24.714 al colectivo accionante”. El fallo sentará jurisprudencia para todas las detenidas del país.
Por su parte, los abogados de la PPN habían planteado que “la negativa se sustenta únicamente en un dictamen del Servicio Jurídico Permanente de ANSES que el resto de las agencias estatales comprometidas han hecho propio y que, además, de apoyarse en una afirmación dogmática sobre la situación del colectivo afectado y en una inteligencia insostenible de las distintas normas en cuestión, restringe el acceso al derecho a la seguridad social de mujeres, niños y niñas de forma groseramente ilícita y violatoria de la división de poderes y el principio de legalidad , de modo discriminatorio y en abierta contradicción con el interés superior del niño y el deber estatal de emprender acciones afirmativas para remediar los padecimientos de un grupo históricamente excluido de este tipo de prestaciones”.
Entre sus argumentos, también afirmaron que “en resumidas cuentas, la decisión de la ANSES, el ENCOPE y el SPF agrava las condiciones de detención del colectivo representado por la PPN al privarlas de disfrutar su derecho a la seguridad social, y de percibir un dinero que les corresponde que necesitan. Esta postura avanza en el sentido contrario al pretendido por la CSJN al valerse de la privación de la libertad, para fundar restricciones a otros derechos que no guardan ningún tipo de relación, ni se ven afectados como correlato del encierro y, de este modo, no sólo lesiona sus interés ese incide negativamente sobre su vida cotidiana, sino que hace trascender los efectos de la pena a su núcleo familiar incentivando su disgregación”.
El absurdo
Como informara, esta Agencia, el asesinato, los “suicidios con su propio corpiño”, las torturas, las requisas intrusivas, las violencias psiquiátrica y obstétrica, entre otras, hacen de las mujeres en prisión uno de los grupos más vulnerables entre los débiles. Recientemente, una chica en la misma U31 parió a su hijo en el piso mugriento del pabellón porque la celadora se negó al llevarla al hospital. El bebé murió días después y nadie pagará por este crimen.
Días atrás, una mujer fue obligada a firmar un juicio abreviado por tener encima 4 cigarrillos de marihuana y 0,6 grs de cocaína. Claramente, son cantidades que hablan de consumo personal, de modo contundente. Sin embargó el juez la condeno por “narcotraficante”. Y su desamparo le hizo firmar por 4 años de rejas porque fue amenazada por muchos más. Sus hijos quedarán a la deriva, ella será otra incluida en el escarnio y la sociedad pagará 30 mil pesos por mes por este encierro sin sentido.
El empeño puesto por el Ansés, el SPF y el Encope, fue neutralizado por el hábeas de la PPN, el fallo de la Casación y la denuncia de los medios alternativos que devela lo que los grupos económicos ocultan a través de sus pulpos mediáticos, de uno u otro sector.
Ahora, sin dudarlo, vendrán caras extrañas con sus voces denunciando “privilegios” para estas mujeres del pueblo excluido. Habrá que, nuevamente, enfrentar la batalla con presxs, familiares y militantes unidos.
Encima, recuérdese que las chicas de la U31 soportan a un centenar de genocidas condenados por crímenes de lesa humanidad, que fueron traídos desde el penal de Marcos Paz – de máxima seguridad-, en perjuicio de mujeres y niñxs, ocupando sus lugares de trabajo, estudio y recreación, por si algo más les hiciera falta.
El absurdo de la existencia de la cárcel para pibes pobres y para las mujeres que articulan la vida familiar se multiplicó una y otra vez en la última década. Aunque no sólo en la Argentina. Nelson Mandela solía decir: “En mi país, primero vas a prisión y luego sos presidente”.