Desde la ONU observaron con especial preocupación la violencia institucional y específicamente la penitenciaria que “se manifiesta por el elevado número de casos de tortura y malos tratos contra personas privadas de libertad, producidas incluso por la existencia de autogobierno y el escaso número de condenas de los responsables y las sanciones leves impuestas a los autores”.
En este sentido, el CDH ve de manera positiva la sanción de leyes como la que crea el Sistema Nacional de Prevención de la Tortura, aunque lamenta la demora en su efectiva implementación. Del mismo modo, toma nota de la creación del Registro Nacional de Casos de Tortura (RNCT), pero lo contrasta con la no consolidación un sistema único de registro a nivel federal.
El informe inicia sus observaciones subrayando que “el Estado parte debe asegurar el fortalecimiento de las instituciones destinadas a la promoción y protección de los derechos humanos, particularmente las instituciones destinadas al proceso de memoria, verdad y justicia, a través de la participación de la sociedad civil y asignación de recursos materiales y humanos suficientes”.
Violencia penitenciaria y prevención de la tortura
Aunque el Comité tomó nota de la creación del Registro Nacional de Casos de Tortura y otros malos tratos, se mostró especialmente preocupado por la información respecto al funcionamiento del sistema penal en el país, uno de los ejes centrales de la información remitida por la CPM.
Las requisas vejatorias, la alta tasa de violencia entre los detenidos, particularmente en la provincia de Buenos Aires, los traslados forzosos y el recurrente uso de la reclusión en régimen de aislamiento como método de castigo son algunos de los puntos que cuestiona el CDH al estado. Las condiciones de detención y los altos niveles de hacinamiento, “que se muestran incluso por la utilización de estaciones policiales como lugares permanentes de detención” se agregan a esta lista de observaciones respecto de la situación carcelaria.
Otra preocupación vinculada es que a “sólo un número reducido de víctimas de la tortura se le haya concedido una reparación tras las actuaciones judiciales. Pese a la adopción de la Ley 26.827 que creó el Sistema Nacional de Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes en 2012, el Comité lamenta que el Mecanismo Nacional de Prevención aún no haya sido implementado”.
Entre las recomendaciones sobre estos temas solicita al Estado que adopte “medidas eficaces para mejorar las condiciones materiales de los centros penitenciarios, reducir el hacinamiento existente y responder debidamente a las necesidades fundamentales de todas las personas privadas de libertad”; que cumpla con su obligación de velar porque se investiguen todas las denuncias por torturas, “asegurar que las víctimas reciban una reparación adecuada, Implementar el sistema unificado de registros de hechos y víctimas de tortura y agilizar la adopción de las medidas jurídicas necesarias para asegurar que el mecanismo nacional de prevención sea establecido”
Detenciones arbitrarias y prisión preventiva
En otro apartado del informe, el CDH de la ONU advierte al estado Argentino sobre una práctica policial sistemática que desde la CPM se ha denunciado en reiteradas ocasiones: las detenciones arbitrarias por averiguación de identidad o antecedentes. Lo expresa de este modo: “el Comité reitera su preocupación por la normativa y prácticas de la policía para detener a personas con el objeto de averiguar su identidad sin orden judicial anterior y por un largo periodo de tiempo, sin que la persona detenida sea llevada ante un juez u otro funcionario autorizado por la ley para ejercer un control judicial”.
En este sentido, sugiere al Estado “tomar todas las medidas necesarias, incluyendo medidas legislativas, con el fin de combatir eficazmente las detenciones no vinculadas a la comisión de un delito.
Por último el informe destaca especialmente su preocupación “respecto a la larga duración de la prisión preventiva y la alta proporción de reclusos detenidos en este régimen, lo cual alcanza más de la mitad de la población carcelaria en el Servicio Penitenciario Federal”. En la provincia de Buenos Aires, la CPM denunció en su informe anual presentado en 2015 que el índice de detenidos sin condena alcanza al 60%.
Por esto, invita al Estado a encontrar prácticas y medidas alternativas a la prisión preventiva para asegurar que este sistema de detención no sea la norma.
Conclusiones generales
En el informe se presentan además algunos puntos vinculados a otras cuestiones asociadas a la violación de los derechos humanos. Violencia de género, interrupción voluntaria del embarazo, discapacidad, identidad de género, libertad de expresión y pueblos originarios.
Para la CPM el informe tiene un valor fundamental porque llama la atención al Estado argentino respecto de su responsabilidad en la garantía de los derechos fundamentales de las personas, al mismo tiempo que sus recomendaciones deben considerarse de manera prioritaria en la definición de las políticas públicas.
Cabe señalar que el Comité de Derechos Humanos está integrado por expertos y académicos independientes de diversos países del mundo y fue creado en el marco del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que en nuestro país se encuentra incorporado a la Constitución Nacional con igual jerarquía normativa.