«Un año de plancha»

Hijos La Plata

Con 14 juicios parciales concluidos y 72 condenas en lo que va de 2014 (ver tabla 1 adjunta en PDF), las causas contra los genocidas se van desdibujando entre la repetición de imputados y el estiramiento indefinido de la obligación del Estado de investigar y condenar. Si 2013 significó 2 juicios menos que 2012, y consolidó el estancamiento del proceso de juzgamiento en dos decenas de juicios con un centenar y medio de condenas por año, las tres cuartas partes de 2014 fueron incluso menos productivas que los últimos dos años.
Lo más probable es que reste sólo 1 sentencia en lo que queda del año: el juicio realizado en Luis donde hay 29 represores imputados por 46 víctimas, y aunque todos sean condenados no cambia el panorama general.

Desde la caída de las leyes de impunidad al 1 de noviembre de 2014 el Estado argentino sólo efectivizó 125 juicios orales con sentencia en todo el país. En esos 125 juicios estuvieron procesados 708 represores, y hubo como resultado 635 condenas sobre 519 represores, 67 absueltos y 6 muertos impunes mientras duraba el proceso, por un universo de 3098 víctimas. Esto quiere decir que sólo alrededor del 36% del total de los 2.000 procesados desde 2003 fue llevado a juicio, y un 27% de ese número de procesados fue condenado.

Si tomamos como dato los 600 Centros Clandestinos de Detención que funcionaron en todo el país durante la dictadura, los 519 condenados siguen representando, a casi de 11 años de anuladas las leyes de impunidad, menos de 1 represor condenado por CCD. Para completar el cuadro, hay menos de 100 represores cuya condena ha sido confirmada por los tribunales superiores del país. Esto marca claramente que la pretensión punitiva de estos procesos lejos está de representar la dimensión real del aparato represivo del Terrorismo de Estado.

Entonces, comparado con los miles de represores implicados en el Terrorismo de Estado entre el ’76 y el ’83, e incluso, comparado con los cerca de 2.000 procesados, ese 27% de condenados es menos auspicioso que lo pretendido desde los sectores oficiales como una “política de Estado” basada en “Memoria, Verdad y Justicia”.

Análisis en todo el país
En cuanto a las zonas represivas de la dictadura y a las fuerzas que participaron del Terrorismo de Estado, si subdividimos el total de juicios y condenas efectivizados por zona y por fuerza represivas, la perspectiva es mucho más desalentadora. Y obtenemos que respecto a las 3 zonas represivas más importantes, en lo que corresponde al Ejército y las policías provinciales se han hecho:

– 31 juicios en jurisdicción del Comando del Primer Cuerpo (Bs.As. y La Pampa) con 178 condenas. – 28 juicios en jurisdicción del Comando del Segundo Cuerpo (NEA) con 128 condenas. – 36 juicios en jurisdicción del Comando del Tercer Cuerpo del Ejército (NOA) con 200 condenas.

Es lógico que las cifras sean mayores en esas jurisdicciones porque concentraron mayor número de centros clandestinos y de efectivos por ser las zonas más pobladas y de mayor actividad organizativa militante. Pero si revisamos otras jurisdicciones como la del Comando del Cuarto Cuerpo de Ejército, que incluyó 8 partidos del norte bonaerense vemos que el juzgamiento fue de 11 procesos con 45 condenas, la mayoría por hechos del CCD Campo de Mayo.
Y en el caso del Comando del Quinto Cuerpo, que abarcaba a toda la Patagonia, sólo se realizaron 9 juicios que condenaron a 64 policías y militares: 3 procesos en Neuquén, 3 en Chubut, 2 en Bahía Blanca y 1 en Río Negro.

En cuanto a los crímenes de la Armada, sólo se logró condenar a 37 integrantes de las patotas de esa fuerza, 2 prefectos y 8 civiles cómplices: Ortiz y Pertusio en la primera parte de la causa de Base Naval de Mar del Plata, 10 marinos y 2 prefectos en el segundo tramo de esa casusa, 17 de los 18 represores imputados en Causa ESMA 2, Policarpo Vázquez, su mujer y la partera que los asistió en la apropiación de Evelyn Bauer-Pegoraro, 3 de los 4 represores del arma acusados en causa “Plan Sistemático”, 3 de los 5 marinos imputados por la “Masacre de Trelew”, el médico del hospital Naval Jorge Magnacco en “Plan Sistemático” y en la rémora de la causa Bauer-Pegoraro, el marino entregador (Juan Carlos Herzberg, también condenado en Causa La Cacha de La Plata) y el apropiador civil de Natalia Suarez Nelson-Corvalán; a 3 de los civiles apropiadores de Federico Cagnola Pereyra desde la Esma; y a 1 prefecto en el juicio Campo de Mayo 9.

Además sólo 7 fueron los integrantes de la Fuerza Aérea condenados a la fecha (Barda, Comes, Mariani, Molina, Beccaria, Sambuelli y Benitez) en las causas Mansión Seré, Área Mar del Plata, Hospital Posadas, Furío y Base Aérea Reconquista. Y hubo sólo 10 integrantes de Gendarmería condenados, Víctor Rei, en el caso de la apropiación de Alejandro Fontana-Sandoval, los alferez Guillermo Cardozo y Eugenio Pereyra, en causa ABO 1, José San Julián en causa Unidad Penal 1 de Córdoba y 6 de los 7 gendarmes imputados la causa Arsenales-Jefatura de Tucumán.

Qué tipo de juicios tuvimos
Si revisamos las características de los juicios en cuanto al número de imputados que incluyeron veremos que de los 125 procesos realizados, casi la cuarta parte tuvieron un solo imputado en el banquillo, más de la mitad tuvieron entre 1 y 5 imputados, y las tres cuartas partes de ellos entre 1 y 10 imputados. Ese patrón responde a la lógica de juzgamiento sólo de las responsabilidades de los altos jefes del mando militar o policial que funcionaron como responsables en la estructura orgánica de las zonas represivas, pero no contempla a la totalidad de los represores que actuaron en cada CCD ni mucho menos a la totalidad de víctimas que por ellos pasaron.

Si analizamos la característica de las penas, surge que sólo el 41% de los represores fueron condenados al máximo de la pena (prisión o reclusión perpetua). En efecto, el 11% de los condenados recibió 25 años de prisión, y el restante 48% a menos de 25 años. Esto nos hace reflexionar sobre la calidad de la condena con que el Estado valora los crímenes que está juzgando, que son de lesa humanidad, y por lo tanto imprescriptibles, y fueron cometidos en grupos de tarea, utilizando el aparto de Estado y con acumulación de casos; pero que muchas veces son equiparados en sentencia en el monto de las penas a delitos graves y de sangre, pero cometidos por delincuentes comunes.

Además hubo en estos 11 años 67 polémicas absoluciones, de las cuales 15 se produjeron en 2013 y 5 en lo que va de 2014. Los perdones por “duda razonable” sobre connotados represores se siguen repitiendo. Desde la incial absolución otorgada al represor Miguel Angel Trimarchi, perdonado en el juicio por la Masacre de Fátima por el Tribunal Oral Federal Nº 5 de Capital Federal; pasando por el torturador de la Policía Federal Juan Carlos Falcón, eximido en el juicio parcial del Circuito Club Atlético-El Banco-El Olimpo por el Tribunal Oral Federal Nº 2 de Capital Federal; el reguero de perdones que despachó el TOF Nº 1 de Córdoba sobre 7 imputados de un total de 31, en el proceso por los hechos de la Unidad Penal Nº 1 de esa provincia; el escandaloso perdón en los 13 casos en que se acusaba al torturador Juan Carlos Rolón en el juicio parcial por hechos ocurridos en la ESMA, y el cúlmine de 9 absueltos sobre 22 imputados con que el TOF de Neuquén marcó al segundo juicio por el CCD La Escuelita de Neuquén como el más impune.
Este año 3 prefectos fueron absueltos en el noveno proceso por el CCD Campo de Mayo, donde los doctores Sagretti, Milloc y Barroetaveña del TOF de San Martín anularon sin más sus indagatorias de hace 5 años y los mandaron a casa. Además el agente “S” de inteligencia de la Policía de Rosario, Pedro Travagliante, fue dejado libre de cargos por los jueces Berros, Lopez Arango y Vella. Y el auxiliar de la Sección Interior del Destacamento de Inteligencia 101 de La Plata recibió pedido de absolución por los fiscales Schapiro y Fernández en el juicio La Cacha, pese a que figura como “sargento 1° de Infantería” en la nómina de integrantes de esa dependencia en todo el período ’76/’83. Con ello los jueces del TOF 1 de La Plata Vega, Jantus y Rozanski (en eterna disidencia) lo absolvieron, además de apartar por “cuestiones de salud” al subdirector de Seguridad de la bonaerense de Camps, Eduardo Gargano, a quien tuvieron a disposición y en perfecto estado durante todo el juicio.

Estos casos alertan sobre la necesidad de mejorar el trabajo fiscal y de jueces de instrucción para completar las investigaciones incriminatorias preliminares sobre cada imputado, y para arribar a la etapa oral sin dar posibilidad a las “dudas” absolutorias.
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El estancamiento
Curiosamente venimos escuchando desde los sectores oficialistas que cada año que se inicia será realmente “el año de los juicios”, valoración propia de quien analiza en abstracto el proceso en lugar de ir a los números concretos. Si tomamos los últimos 5 años veremos que lejos de crecer exponencialmente, el proceso anual de juzgamiento se va estancando en dos decenas de juicios con un centenar y medio de condenas cada año. En 2010 hubo 19 juicios con 114 condenas, mientras en 2011 hubo 21 procesos finalizados con 86 condenas, en 2012 fueron 25 juicios llegados a sentencia con 131 condenas, y en 2013 el proceso se estancó en 23 juicios concluidos con 161 condenas. Este 2014, a que le quedan dos meses, sumó entonces la magra cifra de 14 juicios concluidos con 72 condenas.

Es grave el estancamiento de la tendencia, a corroborar este año, si se tiene en cuenta que la cantidad de procesos venía creciendo paulatinamente desde los 2 juicios de 2006, los 2 de 2007, los 5 de 2008 y 13 de 2009.
En este sentido es llamativo el optimismo que trasmite el informe sobre el estado de las causas que el Ministerio Público Fiscal publicó en octubre pasado, y que replicaron los medios oficialistas sin el menor análisis. Allí se destacan las afirmaciones parciales e interesadas. Por ejemplo se señala que “las estadísticas muestran que desde diciembre de 2007 la cantidad de procesados creció en más de un 300%” o que “las condenas vienen experimentando un crecimiento de más de un 1.400% desde 2007”. Ello es verdad, pero podría complementarse diciendo que si el proceso de juzgamiento, es decir realizar efectivamente los juicios y llegar a sentencia, se viene estancando, más procesamientos generan un cuello de botella más cercano a un problema que a una solución. Y que, con la misma liviandad que los empleados de Auat y Parenti, se puede afirmar algo tan cierto y relativo como que la cifra de absueltos creció más de un 1.000% desde 2007 o que “sólo en los primeros diez meses de 2014 concluyeron 14 juicios”, cuando es difícil que el año tenga más de 12 meses y lo cierto es que desde 2011 ese promedio anual no bajaba de 20.

El único dato interesante que aporta el informe de los fiscales es que “en este contexto, sólo hay 125 condenas firmes – es decir, sin posibilidad de revisión- en 54 causas, que involucran a 114 personas”. Entonces, las 125 condenas firmes son mucho menos alentadoras que las 635 de primera instancia logradas de 2006 a la fecha. Y mueven a la carcajada si constatamos que, como informan los fiscales, “buena parte de estas condenas firmes son por juicios llevados a cabo en la década de 1980 y casos de apropiación de menores”. Ello da una muestra de la falta de celeridad en el trabajo tanto de la Corte Suprema como de las Salas de la Cámara de Casación, encargadas de revisar (para confirmar o rectificar) los fallos de primera instancia.
Aquí es donde entra a pesar la fragmentación de las causas que llegan a juicio, y por eso sostenemos la necesidad de acumular las causas para juzgar por circuito represivo o por CCD: porque sabemos que incluso más juicios por año no es necesariamente más justicia, y porque sumar juicios en abstracto no es lo mismo que destacar que en 2010, 7 de los 19 juicios fueron a 1 o 2 represores, y que esa cifra aumentó en 2011 a 9 de los 21 procesos, se sostuvo en 2012 en 9 juicios, creció a 11 en 2013 y en este año fueron 6 sobre 14 los procesos que juzgaron a 3 represores o menos.
Claro que no siempre esto es destacado por funcionarios de Justicia o Derechos Humanos del Poder Ejecutivo, ni por el Ministerio Público, ni por la prensa adepta al gobierno, que viene pregonando “el año de los megajuicios” desde comienzo de 2013 y destacando el supuesto “salto cualitativo en el juzgamiento” o afirma que “comenzaron a realizarse los llamados ‘megajuicios’”. Y si bien es cierto que las causas “ESMA3” en la Ciudad de Buenos Aires o “La Perla” en Córdoba llevan más de un año y medio aletargan el conteo de juicios concluidos, habría que recordarle a esa prensa obseKuente que en 2012 sólo 6 de los 25 juicios terminados juzgaron a 10 o más represores, que en 2013 representaron sólo 7 de los 23 procesos concluidos, y que en 2014 sólo el juicio “La Cacha” entró en esa categoría. Es decir que lo que viene habiendo año tras año son largamente más “mini-juicios” que “mega-juicios” terminados.

La distribución geográfica de los procesos llegados a sentencia hasta el 31 de diciembre de 2013 en las 26 jurisdicciones Federales, continuó destacando a la Ciudad de Buenos Aires (con 22 debates concluidos, sólo 1 en 2014), como la jurisdicción donde mayor cantidad de juicios hubo en todo el proceso, seguida de La Plata y San Martín (11 cada una), Tucumán (9), Mar Del Plata (7), y Santa Fe (6).
Sigue siendo crítica la situación de los juicios en los juzgados el interior del país, sobre todo en lo que fueron en dictadura zonas represivas importantes como Córdoba (37 condenas en 5 juicios), Rosario (37 condenas en 6 juicios) y Neuquén (26 condenas en 3 juicios). Peor es el panorama en las provincias de noroeste y noreste del país, que en general no superan los 5 procesos terminados. Los casos más extremos lo representan las provincias de Jujuy y Entre Ríos (2 juicios concluidos cada una) y Río Negro, que tuvo hace 3 años su única sentencia de este tipo de juicios.

Apropiaciones y delitos sexuales
En cuanto a los juicios por la apropiación de los hijos de los compañeros desaparecidos (contemplados en las figuras de supresión de identidad, retención y ocultamiento de un menor, falsificación de documento público y supresión de identidad), el panorama de juzgamiento ha avanzado con las mismas contradicciones que el resto de los procesos.

Un total de 19 juicios en 11 años, que incluyeron 64 casos y donde se obtuvieron 78 condenas sobre similar número de represores. En esos 64 casos juzgados, siendo que el total de restituciones es de 115 identidades, y pese a haberse juzgado a algunos de los represores responsables de su apropiación, encontramos que en 14 de estos casos los jóvenes aún no han sido restituidos a su verdadera identidad.
La comisión de delitos sexuales como parte del plan represivo, pero como un delito autónomo al de tormentos, sigue siendo resistida por la mayoría de los tribunales del país. En los últimos años sólo los represores Musa Azar y Miguel Garbi en Santiago del Estero han sido condenados por estos delitos. La querella de Justicia Ya La Plata planteó en el juicio La Cacha un concepto
amplio de violencia sexual, que no se reduce tan solo a las violaciones o abusos, sino también la exposición a la desnudez, los insultos, el ir al baño con un hombre mirando, la higiene personal, lo que implicaba ser objeto de cosificación dentro del CCD. Pero los planteos fueron rechazados por el TOF 1 porque “no integran el objeto procesal de la causa”.
Sólo los fiscales Nebbia y Palazzani en Bahía Blanca se han atrevido a romper la inercia imperante, y han planteado ampliar indagatorias a un grupo de imputados en esa localidad por delitos sexuales específicos. Recientemente la Cámara Bahiense hizo lugar al planteo, aunque no aceptó el criterio de que esa violencia tuvo un fuerte contenido de género y que todos los delitos sexuales son autónomos a los de tormento.
El castigo, la humillación contra las mujeres incluía los abusos y ataques sexuales y eran acciones cotidianas sin sanción para sus ejecutores, conocida por todos los estamentos militares y formaban parte del plan aún sin la existencia de órdenes expresas y servían para doblegar a la víctima y para aterrorizar al resto.
Tanto la violencia sexual como el miedo a ella constituyen parte integral del “control social de las mujeres”, volverlas sumisas y obedientes, y está motivada por el deseo de dominar y castigar antes que por el deseo sexual. por lo tanto, el delito de violencia sexual ocurrió en un contexto de Plan Sistemático contra la población civil y es un crimen de Lesa Humanidad.
Estas violaciones a los derechos humanos de las mujeres han sido invisibilizadas durante mucho tiempo, por la vergüenza, la culpa, el temor y la estigmatización de las que son objeto las mujeres afectadas. Si la sociedad post dictadura no estaba dispuesta a escuchar y mucho menos a comprometerse en este reclamo, y tuvo que pasar mucho tiempo para poder romper el silencio y poder testimoniar este horror vivido, ahora es tarea de la justicia recepcionar de una vez por todas estos hechos para dar cuenta completa de o que sucedía en los CCD.

La Corte y las domiciliarias
En septiembre pasado la Corte Suprema reabrió la polémica por las domiciliarias a los genocidas, tras flexibilizar su propio criterio y otorgarle domiciliaria a Roque Pappalardo, condenado a perpetua por el TOF de Mar Del Plata en marzo de 2012 por el asesinato del abogado laboralista Carlos Moreno.
Para la Cámara de Casación y la Corte los más de setenta años del represor y sus problemas cardíacos, convalidados por el dudoso Cuerpo Médico Forense, ameritan su cómodo alojamiento domiciliario. El cambio de criterio es patente, porque hasta ahora la Corte Suprema priorizaba la cárcel común al contemplar que tuvieron y conservan poder y capacidad de escaparse y complicar las investigaciones. La desaparición aún impune de Jorge Julio López no ha sido suficiente aviso de la capacidad operativa de para los cortesanos.

Tampoco fueron suficientes los casos del represor Carlos Hidalgo Garzón, condenado por apropiación y enviado a un geriátrico abierto hasta que la propia nieta apropiada lo denunció; ni el de Juan Antonio Azic, sentenciado a 14 años como apropiador de Victoria Donda, que se pegó un tiro en el mentón cuando ordenaron detenerlo en la clínica adonde el tribunal lo había enviado; o el caso del médico de Jorge Magnacco, condenado como entregador de Javier Viñas y Evelyn Bauer, y descubierto violando la domiciliaria con caminatas por el centro porteño; o el de Juan Miguel Wolk, procesado en causa Pozo de Banfield y enviado a su casa para profugarse unos meses con ayuda de su hija policía; o el escándalo de los genocidas Jorge Olivera y Gustavo De Marchi, que tras ser condenados en San Juan se fugaron mientras eran traídos al Hospital Argerich con ayuda de la esposa de uno de ellos, a la sazón enfermera del lugar. Entonces, no sólo se avalan beneficios no otorgados al resto de los condenados comunes, sino que no se controla su cumplimiento, lo que ya generó un precedente aplicado en otros casos (Carlos Mulhal y Miguel Gentil en Salta) y un reguero de pedidos de otros genocidas.

La Plata sigue impune
Para La Plata el año 2014 sumó condenas en el juicio por La Cacha, uno de sus CCD más importantes en cantidad de compañeros que por allí pasaron como en coordinación represiva. Pero el juicio siguió marcando el clásico desgüace de las causas. Tras tener 10 años la causa en sus manos, el juez Manuel Blanco y su secretaria Ana Cotter se dedicaron a fragmentar la causa y parcializar las imputaciones. El resultado fue que en marzo de 2012 Blanco clausuró la instrucción y elevó la causa a juicio, incluyendo a sólo 17 genocidas por 127 casos del año ’77. Así quedaron fuera de este proceso decenas de compañeros cuyo paso por este campo está denunciado hace décadas, igual que un grupo de penitenciarios que nunca fue procesado.
Antes de que la causa llegara a juicio oral murieron impunes 2 de los mayores responsables del campo: el gobernador militar, Ibérico Saint Jean y el jefe del Destacamento 101, Alejandro Arias Duval. En la causa continúa prófugo el represor Teodoro Gauto, y fue detenido fuera de término en Panamá Ricardo Von Kyaw.
Con un juicio como éste, fragmentado y tardío, se perdió la oportunidad de investigar en unidad el funcionamiento de la maternidad clandestina más grande de la zona (no formaron parte de la acusación casos de apropiación), el rol operacional del esquema de inteligencia militar y la coordinación represiva para el exterminio entre los grupos de tareas del Servicio Penitenciario, la Armada y el Ejército (tampoco se contemplaron la mayoría de los homicidios probados).
Con esto suman 62 los genocidas condenados en La Plata desde la reapertura de las causas (ver tabla 2 adjunta en PDF), la mitad de ellos sentenciados a perpetua. La cifra sigue siendo poco representativa para una ciudad que contó con al menos 12 CCD y miles de víctimas de la represión, y mucho más para una jurisdicción federal donde se juzgan los delitos cometidos en los 29 CCD de la Bonaerense de Camps, más las responsabilidades de como las patotas del Ejército, la Armada, el Servicio Penitenciario y agentes civiles de Inteligencia o grupos paraestatales como el CNU.
Pero además hay en la jurisdicción federal de La Plata unas 25 causas fragmentadas en instrucción con procesamientos que incluye nada más que a 90 represores a ser juzgados en próximos juicios. Es decir que, aun presuponiendo la efectiva condena de todos los represores procesados en la jurisdicción federal La Plata, no superaríamos los 150 genocidas condenados en el horizonte de juzgamiento que el Estado propone, al menos sobre el circuito represivo de la Policía Bonaerense en dictadura.

Conclusión
En general, y siempre comparando lo que se ha hecho con la dimensión histórica real de participación de agentes militares, policiales y civiles en la represión, es necesario un mayor impulso de avance en los procesamientos, así como mayor acumulación de las causas hacia la lógica del CCD o el Circuito represivo. Eso se logra sólo con un mayor impulso político general del proceso juzgador, que este gobierno no está dispuesto a dar.

Hace poco el presidente del TOF 1 de La Plata, Carlos Rosanzki, enunció el gran secreto a voces de los juicios a los genocidas. A la pregunta del portal Infojus sobre cuándo se terminará de juzgar estos procesos afirmó: “El final lo va a marcar la naturaleza, y no algún funcionario del Estado. Yo hice una proyección, hace cinco años, que los juicios tardarían 100 años en terminarse”. (1)
Así planteados, estos procesos continúan reproduciendo la situación de impunidad porque sólo serán juzgados una serie de casos emblemáticos, altos mandos y reputados represores, mientras el conjunto de miembros de las Fuerzas Armadas, de Seguridad y de Inteligencia que planificaron y ejecutaron el genocidio quedará relegado a juzgarse en futuros inciertos debates o, si la tendencia actual se consolida, completamente libre.

Por ello, la voluntad manifiesta del oficialismo de “clausurar esta etapa histórica” antes de retirarse en 2015 es, además de impracticable, una efectiva clausura, pero que dejará a miles de represores libres, a miles de familias sin respuesta por tantos años de lucha por Justicia y a una sociedad toda engañada sobre una política a medias de Juicio y Castigo.

(1)http://www.infojusnoticias.gov.ar/nacionales/etchecolatz-se-quiso-parar-al-principio-de-la-audiencia-pero-lo-frene-6277.html

A 38 años del golpe genocida seguimos luchando por:

– CÁRCEL COMÚN, PERPETUA Y EFECTIVA A TODOS LOS GENOCIDAS. JUSTICIA POR TODOS LOS COMPAÑEROS.

JUICIOS POR CENTRO CLANDESTINO DE DETENCIÓN O CIRCUITO REPRESIVO. – RESTITUCIÓN DE NUESTROS HERMANOS APROPIADOS. NO AL TRASLADO DEL BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS.

JUICIO Y CASTIGO A LOS RESPONSABLES DEL SECUESTRO Y DESAPARICIÓN DE JORGE JULIO LOPEZ. – BASTA DE AMENAZAS A LOS TESTIGOS EN LOS JUICIOS. JUSTICIA POR SILVIA SUPPO. – BASTA DE GATILLOCIL. FUERA LA POLICÍA DE NUESTROS BARRIOS. – BASTA DE REPRESIÓN Y PERSECUSIÓN A LOS QUE LUCHAN. LIBERTAD A TODOS LOS PRESOS POLÍTICOS. AMNISTÍA O DESPROCESAMIENTO A LOS LUCHADORES POPULARES.

30.000 COMPAÑEROS DETENIDOS-DESAPARECIDOS
¡¡¡PRESENTES!!!
¡¡¡AHORA Y SIEMPRE!!!
HIJOS LA PLATA

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