Lear volvió a despedir a los dieciséis trabajadores que habían sido reincorporados por fallo judicial. Justifican su accionar en el fallo de de la Sala X de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que determinó el fin de la medida cautelar la cual protegía y otorgaba estabilidad en sus puestos de trabajo a los trabajadores. La sentencia en cuestión se fundó en un trámite (trucho) organizado por el Ministerio de Trabajo y el SMATA , denominado Procedimiento Preventivo de Crisis. El mismo fue ejecutado entre los días festivos de Navidad y las primeras jornadas de este año, ocho meses después de las suspensiones y de los despidos.
Esto lo hacen con el agravante de que los despidos se hacen “con causa”, es decir, sin indemnización.
No podemos desconocer ni negar que dichos despidos sean persecutorios ya que dicha medida afecta a quienes organizaban la Comisión Interna en defensa de los derechos de los trabajadores, opuesta a la directiva del SMATA. Asimismo y lo más importante de destacar es que tanto el fallo de Cámara como el accionar de la empresa deja leer entre líneas que compañero que se sindicalice o pelee por condiciones dignas y justas de trabajo será hostigado y cesado.
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Trabajadores de Lear