Libertad a María Ovando

Con fuertes críticas a la investigación penal sesgada por el accionar discriminatorio y estereotipado de parte de los operadores de justicia, entre los que destaca particularmente al Fiscal de la causa, la Comisión sobre temáticas de Género de la Defensoría General de la Nación se pronunció a favor de María Ovando, reclamando al igual que las anteriores presentaciones, su absolución.“En primer término, queremos manifestar nuestra adhesión a los argumentos que ha brindado la Asociación Pensamiento Penal en su presentación como amicus curiae”, comienza planteando el escrito firmado por Cecilia MAGE y Héctor COPELLO titulares de la Comisión. Aporta además “precisiones acerca de la situación social de María Ramona Ovando y su familia”, “el rol del Estado frente a la situación de extrema pobreza en la que vivía María Ramona y su familia, y, los sesgos de género en los que ha incurrido, en nuestra opinión, la investigación penal seguida contra la Sra. Ovando”.Describe la situación de extrema pobreza en la que vivían María y todos sus hijos, en una zona con indicadores sociales que dan cuenta del riesgo en que se encuentran miles de familias y particularmente niños.
“El contexto de vida de María, su historia de vida y su actualidad son muestra fehaciente y concluyente del estado de vulnerabilidad que ha atravesado sus experiencias y las de su propia familia”, pero advierte que la situación de María no es un hecho aislado. Se da en un “contexto provincial signado por la pobreza. En Misiones existe uno de los mayores índices de pobreza e indigencia nacional. En la región noreste de nuestro país, según datos actualizados del INDEC, en el año 2011 se determina que más del 12% de las personas son pobres y el 1% de las personas son indigentes, la mortalidad infantil azota con dureza a los niños/as menores de 5 años: en Misiones para el año 2007 el índice era de 14,6% por mil nacimiento de niños vivos, esto significa que cada 1000 niños nacidos con vida, mueren al nacer 146; en 2011 esa pauta ha disminuido al 12%. En el departamento de Eldorado, donde vivía María, este mismo índice se incrementaba al 17%. La población infantil sufre desnutrición, teniendo los niveles de incidencia más graves y preocupantes de todo el país”.
En la presentación se remarca que el Estado tuvo claro conocimiento de esta situación de vulnerabilidad, a través del médico Julio César Benítez, hoy director del Hospital de Colonia Delicia y de las promotoras de salud y otros funcionarios. “Sin embargo, el Estado, a través de sus agentes y funcionarios, ha permanecido indiferente de cara a la miseria constatada en que trataban de sobrevivir María Ramona y su familia. En este sentido, el Estado ha omitido protegerlos y de ese modo ha incumplido sus obligaciones básicas como garante de los derechos humanos de esta familia”.
La preocupación por los hijos de MaríaLa Defensoría General de la Nación en la presentación hace un llamado de atención sobre la situación actual de los hijos de María, la precariedad de la asistencia, aún sin poder percibir la asignación universal por hijo, la falta de documentos, y la separación de los hermanitos. Menciona la entrega de los niños a la presunta abuela paterna, “decimos presunta porque no estaría comprobado el vínculo paterno-filial entre los menores de edad y su presunto padre, Demetrio Godoy, ya fallecido, lo cual obstaría a la definición de la relación de parentesco entre quien detenta la guarda y los menores de edad”.
“Asimismo, ponemos de resalto que hace más de un año que los niños y niñas viven separados, no surgiendo de autos la existencia de posibilidades de reunificación de la familia ni de contactos entre los hermanos/as. Desde que María Ramona está detenida en prisión preventiva sus hijos/as tampoco ha podido tomar contacto con su madre a través de visitas en el penal. En medio de este panorama, ha fallecido el padre de las niñas más pequeñas”.
Criminalizada por pobre y por mujer
Otro de los tramos destacados del aporte de la Defensoría General de la Nación apunta a la intención manifiesta del Estado de desligarse de sus responsabilidades culpabilizando exclusivamente a María por la muerte de Carolina, a quién registra por primera vez como persona en el momento de la muerte. El primer documento que otorgan a la niña es la partida de defunción.
“La indiferencia que el Estado ha asumido respecto de María Ramona y su familia cesó cuando se produjo la lamentable muerte de Carolina. Sólo a partir del doloroso y trágico evento, el Estado salió de su pasividad y comenzó a actuar: ya sea para reconocer la existencia legal de un ser humano brindándole un documento de identidad a la niña ya muerta (su partida de defunción), ya sea con su brazo más fuerte y simbólico, su sistema persecutorio penal, en contra de la Sra. Ovando”.
Y agrega que “el Estado, que ha incumplido sus deberes primarios de garantía de los derechos básicos como son la salud, la vida y la integridad de la niña Carolina, pretende ahora hacerse presente para sancionar con el derecho penal a María Ramona, su madre, una mujer sumida en la más profunda pobreza y con mínimos recursos para poder cambiar el destino de su familia”.
Estereotipos, desidia y negligencia en la investigación
En esta presentación se realiza además un detallado análisis del modo en que se direccionó la investigación y se apunta en particular al sesgo estereotipado, sexista y discriminatorio con el que se condujo la fiscalía a la hora de imputarle el delito de “abandono de persona agravado por el vinculo” a María Ovando y excluyendo de la investigación a cualquier otra persona que pudo haber tenido incidencia en el desenlace final de Carolina. Los fiscales optaron por no investigar las reales causas de la muerte, ni siquiera un posible abuso sexual como se sugiere en algunos de los testimonios.
Remarca especialmente la animosidad del Fiscal al señalar a María como culpable que no tuvo reparos en tergiversar algunos testimonios. “En el caso particular, la presencia de estereotipos de género es tan grande, que lleva al Sr. Fiscal a mencionar, entre otros hechos supuestamente demostrativos del estado de abandono en que se encontraba Carolina Ayala por parte de su madre, que “en ocasiones la víctima junto a sus hermanos menores además de ser hallados solos en la vivienda, fueron encontrados con dinero en sus manos a fin de realizar la jugada de quiniela que le encomendaba su madre MARIA RAMONA OVANDO”. Esta manifestación es llamativa, ya que las declaraciones incorporadas a la causa señalan que era el concubino de la Sra. Ovando, el Sr. Demetrio Godoy Ramírez, y no la imputada quien encomendaba a los niños la jugada de la quiniela (cfr. fs. 78)”, dice la Defensoría General de la Nación.
Advierte también que “sostener el pedido de elevación a juicio en tales testimonios (como hizo el fiscal sin ningún tipo de valoración o salvedad sobre estos aspectos) constituye una vulneración al derecho a un juicio imparcial y justo, pues el proceso se encuentra impregnado de estereotipos sexistas que el Estado se comprometió a erradicar. Este tipo de actuaciones vulnera el principio de igualdad y no discriminación, que obliga a los operadores judiciales, y en particular a los jueces, a adoptar sus decisiones de manera imparcial, aplicando la ley libre de preconceptos basados en prejuicios sobre el sexo, lo sexual o nociones estereotipadas sobre los roles sexuales”.
Finaliza este apartado advirtiendo “debe dejarse en claro entonces que, de condenarse a la Sra. María Ramona Ovando, dado el caudal probatorio actual, y dada la impronta que ha seguido la investigación, en donde se encuentran presentes prejuicios y estereotipos de los operadores judiciales, el Estado argentino podría ser denunciado ante los organismos internacionales por vulnerar diversos derechos de la imputada. Entre ellos, el Estado argentino podría ser denunciado por la violación al derecho a un juicio justo e imparcial, por vulnerar el deber de debida diligencia en las investigaciones, y por la discriminación de las autoridades estatales. Todo ello sin contar que, según los estándares internacionales de derechos humanos, la presencia de estereotipos y prejuicios en el accionar judicial constituye una forma de violencia contra la mujer, lo que implica una grave violación a los derechos humanos”.
Alicia Rivas Zelaya
 
Contactos.
Defensa de María Ovando
Dr. Eduardo Paredes 0376 154341270Dra, Roxana Rivas 0376 154279044