Desde la liberación comercial en 1996 de la soja RR (Roundup Ready), tolerante al herbicida glifosato, la superficie cultivada con transgénicos asciende a 24,9 millones de hectáreas en 2016 (ArgenBio), lo cual representa el 13% de la superficie global de transgénicos, Argentina es el tercer productor mundial de cultivos genéticamente modificados, después de Estados Unidos y Brasil.
El uso de agrotóxicos también ha crecido exponencialmente; entre 1996 y el 2015 aumentó 423% (datos de la Cámara de Sanidad Agropecuaria y Fertilizantes CASAFE elaborados por la Red Universitaria de Ambiente y Salud –REDUAS-).
UNA POLÉMICA QUE HACE AGUA
Numerosos estudios de universidades públicas hallan conexiones entre los agrotóxicos y el aumento de distintos problemas de salud en las poblaciones cercanas a las explotaciones agroindustriales. Eduardo Martín Rossi en la “Antología Toxícologica del Glifosato” ha compilado bibliografía de impactos generales del herbicida glifosato activo y formulado como así también su metabolito final Aminometlfosfónico (AMPA), consistente en 830 artículos de revistas científicas recopiladas hasta abril de 2018.
La polémica entre los estudios que postulan la inocuidad de los agrotóxicos contra aquellos que advierten los peligros a los que nos exponen, es inerte cuando advertimos que quienes financian los primeros son las mismas empresas que los producen; y quienes llevan adelante los segundos son universidades públicas.
Debemos tener en cuenta que hay diversos estudios en torno a la deriva, el desvío de la trayectoria de las gotas del caldo pulverizado/fumigado del objetivo previamente definido, que nos deben alertar a la sobreexposición que sufren las mencionadas comunidades educativas rurales y los “pueblos fumigados” que alzan la voz para exigir su derecho a vivir en un ambiente sano. Existen tres derivas: la primaria, aquella que se produce al momento de la fumigación y/o pulverización (producida por distintas variables entre las que son fundamentales las climáticas, como factor externo al control del operador de la máquina aplicadora); la secundaria, aquella que se genera en las horas siguientes a la aplicación; y la terciaria aquella que puede producirse semanas, meses o años después de la aplicación (lixiviación en corrientes de agua, cambio a estado gaseoso, acumulación en microorganismos o especies mayores, descomposición en metabolitos, reacción con moléculas del ambiente, absorción, adsorción con sustratos del suelo). A partir del reconocimiento de las tres derivas que hemos desarrollado, la definición de una distancia mínima de las pulverizaciones a los centros poblados debe llevarnos a considerar distancias superiores a los 4.800 metros, que es la distancia máxima que puede recorrer la gota más pequeña de una aplicación en condiciones climáticas óptimas.[1]
La realidad y las investigaciones que la corroboran, tienen una contundencia tal que los gremios comenzaron a declararse y tomar acciones. Es pionero AGMER, Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos, que acompaña la denuncia que presentó la docente Mariela Leiva y tuvo como resultado en Octubre de 2017 la condena al productor, al presidente de la empresa de aviación y al piloto de la nave por fumigar en las cercanías a la escuela rural N°44 de Colonia Santa Anita. El mismo gremio presentó junto al Foro Ecologísta de Paraná un amparo que dio lugar fallo del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos que estableció una zona de exclusión sin fumigar frente a las escuelas rurales de forma terrestre de mil metros y tres mil de las aéreas.
CTERA, Confederación de los Trabajadores de la Educación, lanzó un comunicado en Noviembre: “¡No a los Agrotóxicos! Escuelas y Pueblos Libres de contaminación”. El mismo “ratifica su lucha incansable por la educación pública como derecho social y como responsabilidad indelegable del Estado, no sólo en lo que refiere a las condiciones salariales de la docencia, sino también con relación a la necesidad de asegurar que los procesos de enseñanza y aprendizaje se desarrollen en un ambiente sano, promoviendo al mismo tiempo la construcción de una sociedad con soberanía alimentaria y libre de contaminación para nuestros pueblos”[2].
UNA RESOLUCIÓN A CONTRAMANO DE LA LEY
Muchísimas denuncias dan cuenta de la situación que afecta gravemente a las comunidades educativas rurales. Es alarmante que quienes explotan las producciones agrobiotecnológicas no tienen reparos en contratar aviones de vuelo rasante y mosquitos para fumigar mientras a unos pocos metros aprenden, enseñan, juegan, o izan la bandera.
Es menester que el Estado actué en pos del garantizar el interés superior del niño, niña o adolescente frente a otros derechos; y generar las medidas acordes para respetar la Ley General del Ambiente 25.675; y la Ley de Educación Nacional 26.206 que tiene entre sus objetivos el garantizar, en el ámbito educativo, el respeto a los derechos de los/as niños/as y adolescentes establecidos en la Ley Nº 26.061. Sin embargo, la reciente resolución del Ministro Leonardo Sarquis que comienza a regir el 1ro de enero de 2019, va a contramano.
La Resolución 246 del Ministerio de Agroindustria de la Provincia de Buenos Aires fue firmada el 17 de Octubre y publicada en el Boletín Oficial el 17 de Diciembre ¿Esperaron a difundir la medida en un momento del año que les fuera oportuno para dar vía libre al uso de agrotóxicos mientras la población está distraída con las fiestas, y las escuelas finalizando su ciclo lectivo?
La misma define como zona de amortiguamiento a los lotes contiguos al área urbana, zona residencial extraurbana, área de población dispersa, márgenes de cursos o cuerpos de agua, zonas de bombeo, establecimientos educativos, áreas de esparcimiento y reservas naturales. En la cual las pautas de control se enmarcan en el documento del Grupo de Trabajo Interministerial sobre Buenas Prácticas Agropecuarias (BPAs). Este documento plasma el discurso con el cual el Estado garantiza al agronegocio avanzar por sobre los derechos adquiridos. Las BPAs es la forma en la que las corporaciones, junto al Estado, buscan hacer un lavado de cara a los agrotóxicos que llaman “fitosanitarios” de los cuales ya no pueden argumentar su inocuidad. La falta de fundamentación del documento mencionado fue denunciada por periodistas, abogados, médicos y organizaciones de pueblos fumigados.
En su artículo 5 la resolución 246 establece que las fumigaciones contiguas a establecimientos educativos deberán efectuarse fuera de horario escolar. Como si con esa restricción alcanzara para que los niños y niñas que al día siguiente jueguen en las hamacas rociadas de agrotóxicos estén a salvo. Médicos de Pueblos Fumigados han declarado que: “Sin duda que ser víctima de la deriva primaria (la nube de plaguicidas que se disemina apenas es liberada por el fumigador) es muy grave y desagradable, pero fumigar con la escuela cerrada no impide que el ambiente escolar quede contaminado con esos agrotóxicos que sostendrán la exposición de alumnos y maestros cuando éstos regresen a la misma. Las escuelas deben ser lugares seguros para contener a los niños”[3].
A su vez, la Asociación de Medicina General de la provincia de Buenos Aires se ha pronunciado en torno a la resolución: “Entendemos que la reciente Resolución Conjunta N° 1/2018 ha antepuesto los intereses del sector productivo por encima del de la salud de las comunidades, el ambiente y todas las formas de vida. Como sociedad científica nos preocupa que se omita la amplia información científica válida que demuestra los efectos negativos para la salud dela exposición a agroquímicos” [4].
Bolívar, Campana y Marcos Paz ya tienen ordenanzas que dan 1000 metros de distancia a las fumigaciones terrestres frente a las Escuelas Rurales. Algunos partidos tienen ordenanzas que dan 500 metros de distancia para dichas fumigaciones: Rauch, Presidente Perón, General Belgrano y Capitán Sarmiento. Otras tantas otorgan 300, 200 y 100 metros.
Corresponde tener presente que, en la Provincia de Buenos Aires, la ley provincial de agrotóxicos 10699/89 y su decreto reglamentario 499/91 no establecen ningún tipo de restricción para las fumigaciones terrestres; y en cuanto a las aéreas solo prevé una distancia de protección de 2 km respecto a los centros poblados, no incluyendo a las escuelas rurales. Sin embargo, ya hay 40 ordenanzas de la provincia de Buenos Aires que establecen distancias alrededor de las Escuelas Rurales. Sin contar las 7 localidades donde se prohíbe en todo el partido el uso de plaguicidas para desmalezar.
Además, existen fallos de la Justicia en la Provincia que también han otorgado 1000 metros de distancia a la fumigación terrestre en las proximidades de las escuelas rurales: para la escuela Martin Fierro en Coronel Suarez y recientemente en el barrio Lomas Altas de Chascomús. Cómo expresó la Red de Médicos de Pueblos Fumigados: “El amparo judicial aprobado en Entre Ríos determina 1000 metros de prohibición alrededor de la escuela para aplicación terrestre y 3000 para fumigación aérea. 1000 metros es la distancia que los epidemiólogos han determinado a nivel mundial como un retiro seguro, ya que las personas desde esa distancia no detectan el olor ni el sabor, si la irritación y el sonido de la fumigación. Las aplicaciones aéreas deben ser prohibidas en todo el país, 3000 metros aún nos parece insuficiente, pero es un gran avance”[5].
Quienes argumentan que las zonas de exclusión dejan muchas hectáreas sin la posibilidad de producir pueden acercarse a productores agroecológicos que están afianzando una forma de producir sin venenos, generando alimentos sanos a precios accesibles, haciendo un aporte inconmensurable para la Soberanía Alimentaria.
Es esencial informarse, difundir ésta problemática, reclamar nuestros derechos, denunciar y organizarse. Porque sólo en conjunto podemos hacerle frente a la sinrazón del modelo de agrotóxicos. Están avasallando los derechos de niños, niñas y adolescentes. Están poniendo en peligro nuestro presente y nuestro futuro.
[1] Tomasoni, Marcos. No hay fumigación controlable, Generación de derivas de plaguicidas. Noviembre 2013. Disponible en: http://reduas.com.ar/generacion-de-derivas-de-plaguicidas/
[2] https://www.ctera.org.ar/index.php/salud-laboral/item/3175-no-a-los-agrotoxicos-escuelas-y-pueblos-libres-de-contaminacion
[3] http://reduas.com.ar/escuelas-fumigadas-vs-agronegocio/
[4] http://www.amgba.org.ar/index.php?option=com_content&view=article&id=110:agroquimicos-posicion-amgba&catid=79&Itemid=735
[5] http://reduas.com.ar/escuelas-fumigadas-vs-agronegocio/