“Ello en función de que no es posible la internación de la citada puesto que el hospital no cuenta con espacios disponibles para la permanencia de agentes penitenciarios”, explicaron desde la PPN.
Por este motivo, desde el organismo presentaron el amicus ante el tribunal y solicitaron se considere la posibilidad de concederle la prisión domiciliaria en el hospital hasta la externación del niño y luego en el domicilio propuesto por P.T.P., la casa de su madre.
“Las modificaciones introducidas por la Ley 26.472 en el Código Penal y en la Ley de Ejecución de la Pena Privativa de Libertad (24.660) ampliaron los supuestos de prisión domiciliaria y agregaron entre otros el caso de “mujer embarazada””, indican.
En el escrito, destacaron que “el legislador ha entendido que la situación de detención de la madre no implica el lugar más adecuado en pos de proveer las condiciones aptas para el normal desarrollo del niño”.
Es por ello que la detención domiciliaria, subrayan desde el organismo, “configura una herramienta que los jueces deben utilizar para conciliar los objetivos de política criminal y el respeto de los derechos humanos”.
Así, “se impone en estos casos adoptar medidas alternativas al encierro en un establecimiento penitenciario para dar efectividad a los derechos del niño, sin descuidar la necesidad de mantener la coerción sobre la persona condenada” finaliza el texto.
Fuente: Diario Judicial