Un año sin facundo Astudillo Castro: Un año de impunidad

El 30 de abril del 2020, en un contexto de pandemia ultra represivo bajo la excusa de “cuidar”, Facundo fue visto por última vez mientras era subido a un patrullero por agentes de la Bonaerense. La desaparición forzada seguida de muerte de Facundo continúa impune. Desde el inicio la causa estuvo rodeada de mentiras, desviaciones, eliminación de pruebas y hostigamiento y amenazas a familiares y amigues de Facundo. No podemos dejar de mencionar que el propio Berni, Ministro de Seguridad de la provincia, se tomó 65 días para apartar de la causa a la Bonaerense, principal sospechosa de este crimen. Todas las pruebas indican que los autores materiales de la desaparición seguida de muerte de Facundo son los policías bonaerenses Siomara Flores, Alberto González, Mario Gabriel Sosa y Jana Curuhuinca.

En un contexto donde cada vez más se utiliza el eufemismo de violencia institucional queremos señalar que el crimen de desaparición forzada es un crimen federal e internacional, que tiene al Estado como responsable. Por eso la responsabilidad cae no solamente sobre la bonaerense, el ministro Berni y el gobernador Kiccilof, sino también sobre todo el Estado nacional, incluido el presidente Alberto Fernández.

La consideración por el derecho internacional de la desaparición forzada como una violación de múltiples Derechos Humanos y crimen de lesa humanidad, considera como parte fundamental del delito la negativa del Estado a reconocerlo, prolongando y agravando sus consecuencias para las víctimas y sus familiares.

Tengamos en cuenta que, tras la autopsia de Facundo, denunciada por la querella por incumplir y violar los protocolos y convenios internacionales, disminuyó notablemente la difusión del caso en los medios hegemónicos.

La autopsia fue realizada sin tener en cuenta el contexto en el que desapareció y fue asesinado, pero sabemos de sobra que hay mucha información que confirma que Facundo tuvo contacto varias veces a lo largo de su desaparición con efectivos de La Bonaerense.

Creimer, la única perito que no firmó el informe forense, cuestiona, en un largo escrito, que la custodia del cuerpo y la ropa de Facundo no debió estar a cargo de la fuerza policial; destaca que una de las zapatillas del joven hubiera sido hallada en perfecto estado junto a restos esqueletizados, y que un cabello en un patrullero coincidiera con el ADN del joven. Cree que sus restos fueron plantados y por eso pidió analizar el agua de las dependencias policiales por donde habría pasado el joven ya que “de las 15 especies de diatomeas que aparecieron en la médula ósea de Facundo sólo cinco coinciden con la toma de agua del lugar donde fue encontrado”. La recolección de agua la hizo la Policía Federal, cinco días después y a 80 metros de donde estaba el esqueleto, acusa.

El tema del agua es definitorio porque sobre ese análisis se basa la certeza de que Facundo murió donde se lo encontró. Sin embargo, el 23 de octubre se ordenó un estudio sobre el estuario con el objetivo de determinar la altura que tuvo la marea en los lugares donde fue hallado el cuerpo, en donde estaba la mochila –bastante más lejos y con la ropa dentro– y donde, según el GPS, reportó un móvil policial. El estudio se encomendó al Instituto Argentino de Oceanografía (IADO-CONICET) y al Servicio de Hidrografía Naval (SHN).

El pedido lo hicieron Horacio Azzolin y Héctor Andrés Heim, los fiscales especiales adscriptos a la causa desde el 28 de agosto. Ese día, desde el IADO llegó otro documento: “Análisis de la situación en el campo con relación al caso Coirón 46030/2020 – FBB 8640/2020”, algo inusual según los fiscales: un integrante de una de las instituciones presentaba un estudio de campo realizado sin autorización de los investigadores ni control de las partes, en el que sostenía hipótesis y conclusiones que no se le solicitaron. Los fiscales se lo devolvieron.

Pero el 10 de febrero la jueza Gabriela Marrón ordenó al IADO el estudio sobre el estuario. “Eso no implicaba reasumir la instrucción del caso”, se cubrió. Al contrario, Azzolin y Heim entendieron que sí se metía en la instrucción y solicitaron su nulidad. Como Marrón parecía insistir en su convicción, ya insinuada, de que Facundo se ahogó solo, los fiscales señalaron que perdía imparcialidad.

La Cámara Federal de Bahía Blanca revocó entonces parte de la resolución de la jueza que rechazaba medidas de prueba. Los camaristas Pablo Larriera y Leandro Picado dictaminaron que se allanara de nuevo el puesto policial de Teniente Origone donde fuera visto por última vez Facundo. Hicieron constar que, según una testigo, las ropas –telas y una gorra– aparecidas allí habían sido tiradas. Los camaristas ordenaron secuestrar los teléfonos de los efectivos que tuvieron contacto con Facundo aunque no el medio centenar pedido por la querella, que incluía los de Prevención Local en Bahía Blanca, en uno de cuyos patrulleros fue hallada una piedra turmalina de un collar del joven.

Con el reimpulso de las medidas de prueba reaparecieron los hostigamientos, como las amenazas y aprietes que recibió uno de los testigos clave.

Entendemos que se viene instalando cada vez con más fuerza el término “Violencia Institucional” para referirse a hechos represivos producidos por las fuerzas de inseguridad estatales. El concepto mismo de “Violencia Institucional” esconde más de lo que explica: omite el cuestionamiento central al Estado como una forma de organización política y social que reproduce diferentes formas de dominación y represión.

Así la amplitud que se le da al concepto de violencia institucional presenta algunas dificultades no inocentes: iguala prácticas que son esencialmente diferentes. Las violencias y exclusiones en el ámbito de la salud y la educación y en algunos aspectos del servicio de justicia, son cualitativamente distintas a prácticas como el gatillo fácil, la desaparición forzada de personas, el secuestro de pibas para su ingreso a las redes de trata o la lisa y llana represión policial en una marcha.

Partir del concepto de “violencia institucional” no sólo admite la legitimidad de algunas violencias estatales sino que a la vez no permite modificar nada de raíz, ya que alude a supuestos “excesos” de ciertas instituciones como algo a corregir. Y esto no es así: las fuerzas represivas son constitutivamente violentas y tienen una finalidad concreta y específica: la represión es una política y una función específica del Estado.

La lucha por la justicia para Facundo y otras miles de víctimas, y para terminar con este sistema que continúa y va a continuar cobrándose vidas exige que seamos responsables y rigurosos a la hora de entender cuáles son las responsabilidades del Estado en este tipo de crímenes.

JUSTICIA POR FACUNDO ASTUDILLO CASTRO

BASTA DE DESAPARICIONES FORZADAS

JUSTICIA POR TODAS LAS VÍCTIMAS DE LA REPRESIÓN

NO ES VIOLENCIA INSTITUCIONAL, ES REPRESIÓN ESTATAL

COLECTIVO CONTRA EL GATILLO FÁCIL