Longko Facundo Jones Huala en huelga de hambre seca: su salud está en riesgo y el gobierno actual es responsable

(Por Bárbara Taboada – Foto Bruno Tornini /APL) Tras 7 días en huelga seca, sin ingesta de alimento ni agua, Facundo Jones Huala sigue a la espera de que se cumplan derechos constitucionales y convenios internacionales que reconozcan su pedido de no extradición a Chile. La decisión está en manos de Alberto Fernández, quien dice velar por la democracia y reconocimiento de derechos adquiridos; pero en 4 años sólo demuestra lo contrario.

En la madrugada de este viernes, tras su delicado cuadro de salud, el longko sufrió un desmayo y fue trasladado al hospital zonal de Esquel, lo hidrataron y luego de dos horas, lo trasladaron nuevamente a penitenciaría n°14 donde se encuentra encerrado.

 

La NO extradición actual reafirmaría los derechos proclamados en la Constitución Nacional, como así también en Tratados Internacionales en vigencia de una política democrática. ¿Se puede esperar algo del gobierno actual, que mantuvo a mujeres y niños lactantes de la lof winkul mapu cautivas, como botín de guerra durante 8 meses por una causa excarcelable? ¿Se puede considerar “humano” este mismo gobierno que mantiene hasta hoy día un comando unificado vigente para cazar mapuche?

Desde las redes de apoyo se solicita dirigirse a los ministerios de Justicia de Argentina y Chile para enviar cartas y peticionar que se acceda al pedido de Facundo Jones Huala en los términos del Tratado vigente entre ambos países. Su salud está en riesgo.

 

Motivos por los que se solicita la extradición

A saber, en diciembre de 2018, Facundo fue condenado en Chile por el Tribunal Oral en lo Penal de Valdivia y permaneció en prisión, en la ciudad de Temuco hasta que obtuvo la libertad condicional. Semanas más tarde, en febrero de 2022, la Corte Suprema de Chile revocó sin más esa medida adoptada por la Corte de Apelaciones de Temuco, y ordenó que regrese a la cárcel para completar la condena.

El 7 de febrero de este año, la Corte de Apelaciones de Valdivia-Chile, en consonancia con lo decidido el 2 de febrero por el Juzgado de Garantía de Río Bueno, decidió acoger la solicitud de extradición planteada por el Ministerio Público. En ese momento Facundo se encontraba detenido a disposición del proceso extraditorio desde el 30 de enero del 2023, en El Bolsón- Argentina.

De acuerdo con lo que es práctica en el derecho internacional (y que ya fue cumplido por Chile en la prisión que Facundo Jones Huala sufrió allí como resultado de la extradición que concretó Macri en 2018), el tiempo detenido en Argentina a disposición del juicio de extradición, deberá restarse de los 16 meses y 17 días que debería cumplir en Chile; tal como lo determina la sentencia del juez federal argentino.

Esto significa que, estando detenido desde hace 9 meses, le quedan por cumplir unos 7 meses y medio de la pena.

 

Tras recibir la noticia, el 18 de noviembre el longko comenzó una huelga de hambre seca, en la cárcel de Eskel.  A la fecha lleva  una semana sin ingesta de alimento sólido ni líquido, exigiendo se respeten sus legítimos derechos de cumplir en puelmapu- argentina los 7 meses de pena que se le exigen como faltantes.

Su huelga de hambre no está siendo visibilizada y se dificulta el contacto ant su estado de salud. Este martes, desde el movimiento mapuche autónomo del puelmapu, denunciaron públicamente el accionar de algunos funcionarios públicos de la Unidad 14, de Esquel, Chubut, por malos tratos a dos lamngen que fueron de visita: Intimidaron con armas largas, filmaron sin autorización y hostigaron con practicas racistas y discriminatorias, dificultando el encuentro para constatar el estado de salud del longko, quien llevaba 5 días de huelga seca.

 

 

Su salud es crítica y el caso se solucionaría con un un mail : la decisión está en manos de Alberto Fernández.

Según la Ley 24.767, de Cooperación Internacional en Materia Penal de Argentina, en su Art. 8vo., “la extradición no procederá cuando: “El delito que la motiva fuese un delito politico” y/o “el proceso que motiva la extradición evidencie propósitos persecutorios por razón de las opiniones políticas, la nacionalidad, la raza o la religión de las personas involucradas (…)” . Ambos motivos están aquí presentes.

Por tanto, según el Art. 36 de la misma ley anteriormente citada, el presidente argentino, Alberto Fernández, es quien tiene la potestad de denegar la extradición.

 

El “Tratado entre la República Argentina y la República de Chile sobre Traslado de Nacionales Condenados y Cumplimiento de Sentencias Penales”, está vigente desde mayo de 2005 y fue aprobado por la ley 26.003.

El “Protocolo Modificatorio del Tratado entre la República Argentina y la República de Chile sobre Traslado de Nacionales Condenados y Cumplimiento de Sentencias Penales” determina que las respectivas autoridades de aplicación del Tratado (los Ministerios de Justicia de Argentina y Chile) podrán prescindir de la vía diplomática, comunicarse directamente y cooperar mediante la utlización de “medios electrónicos o cualquier otro que permita una mejor y más ágil comunicación entre ellos”.

Como una cuestión mínima, que puede ser resuelta con relativa rapidez y cerraría el proceso extraditorio, los gobiernos de ambos países deben acceder a la solicitud presentado por él y conceder lo que el Tratado les permite y que resulta una solución respetuosa de los derechos indigenas que tiene como miembro de la nación mapuche.

 

Acceder al pedido de NO extradición,  reafirmaría los derechos proclamados en la Constitución Nacional, como así también en Tratados Internacionales en vigencia de una política democrática.

¿Se puede esperar algo del gobierno actual, que mantuvo a mujeres y niños lactantes de la lof winkul mapu cautivas, como botín de guerra durante 8 meses por una causa excarcelable? ¿Se puede considerar “humano” este mismo gobierno que mantiene hasta hoy día un comando unificado vigente para cazar mapuche?

Desde las redes de apoyo se solicita dirigirse a los ministerios de Justicia de Argentina y Chile para envio de cartas y peticionar que se acceda al pedido de Facundo Jones Huala en los términos del Tratado vigente entre ambos países.

 

*Embajada de Chile en Argentina: Tagle 2762, Capital Federal (1425)-  echile.argentina@minrel.gob.cl

*Consulado Argentino EN PUERTO MONTT Dirección: Pedro Montt Nº 160 – Piso Nº 6, Oficina Nº 50 B – Puerto Montt (Casilla de Correo Nº 707) E-mail: cpmon@cancilleria.gob.ar

 

 

 

La nación mapuche es vasta, amplia y dinámica. No creemos en representaciones winkas, ni en sus modos de arbitrar la realidad.

Es necesario romper el cerco mediático; ya que ante el terror impartido tras las últimas elecciones argentinas, se invisibilizan las prácticas genocidas y ecocidas que hoy ejerce el gobierno actual, quien tuvo en sus manos la toma de decisiones en estos 4 años y hoy las tiene hasta el 10 de diciembre.

 

A dos años del asesinato de Elias Garay y a seis años del fusilamiento de Rafael Nahuel, ante la impunidad reinante, seguimos exigiendo justicia, memoria histórica y criterio.

Libertad a todos los presos politicos mapuche

Libertad a Yéssica Bonnefoi Carriqueo Antimil