Reclamo al presidente de la Nación

La iniciativa del Encuentro Militante Cachito Fukman se halla en plena marcha y reunirá firmas tanto de la Argentina como de el exterior. «Cada firma es importante en esta lucha», expresó Carlos «Sueco» Lordkipanidse, referente del EMCF. En la demanda, los firmantes exigen al mandatario que «este petitorio apremiante, tiene su apoyo constitucional en la segunda parte referida a las Autoridades de la Nación, tal como lo refleja el artículo 99 y en cuyo Capítulo Tercero en las Atribuciones del Poder Ejecutivo en el que se especifica: “El presidente de la Nación tiene las siguientes atribuciones: …. 12. Es Comandante en Jefe de todas las Fuerzas Armadas de la Nación… 14.- Dispone de las Fuerzas Armadas, y corre con su organización y distribución según las necesidades de la Nación. Y es por este cargo por lo que nos dirigimos a Usted». Aquellxs que viven el exterior deben poner el país de residencia en el espacio destinado a DNI. El conjunto de la rúbricas será presentado el jueves 10 de Diciembre de 2020, Día Universal de los Derechos Humanos, en la Plaza de Mayo, durante la Marcha de la Resistencia. Para enviar tu adhesión completá tus datos aquí: https://encuentromilitantecachitofukman.org/index.php/campana-por-la-apertura-de-los-archivos-de-la-dictadura-genocida (Leer el petitorio completo más abajo)

Al «Señor Presidente de la República Argentina Sr. Alberto Fernández: De nuestra consideración: Las/os abajo firmantes ciudadanas/os comprometidos con la plena vigencia y defensa de los derechos humanos, le presentamos este petitorio urgente para la APERTURA YA DE LA TOTALIDAD DE LOS ARCHIVOS DE LA DICTADURA».

Este petitorio apremiante, tiene su apoyo constitucional en la segunda parte referida a las Autoridades de la Nación, tal como lo refleja el artículo 99 y en cuyo Capítulo Tercero en las Atribuciones del Poder Ejecutivo en el que se especifica: “El presidente de la Nación tiene las siguientes atribuciones: …. 12. Es Comandante en Jefe de todas las Fuerzas Armadas de la Nación… 14.- Dispone de las Fuerzas Armadas, y corre con su organización y distribución según las necesidades de la Nación. Y es por este cargo por lo que nos dirigimos a Usted.

En la reforma de 1994, en la que se amplía el corpus de derechos, al establecer la jerarquía constitucional de once normas internacionales de derechos humanos. Con esta inclusión, la reforma constitucional de 1994, interiorizó en el derecho argentino, el cuerpo de derechos humanos básicos.

Las diez normas internacionales incluidas por la reforma de 1994 fueron:

1. Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre. Declaración Universal de Derechos Humanos.2. Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica).3. Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.4. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.5. Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.6. Convención Sobre la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio.7. Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial.8. Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer.9. Convención Contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.10. Convención Sobre los Derechos del Niño.Con posterioridad a 1994 (y hasta 2018) tres nuevos tratados de derechos humanos adquirieron jerarquía constitucional en Argentina, por obra del art. 75, inciso 22:11.- Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas (jerarquizada en 1997).1512.-Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad (jerarquizada en 2003).1613.- Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (jerarquizada en 2014).17

De este refuerzo, enriquecimiento, garantía y protección de los derechos humanos, se establece la obligación del Estado a investigar y sancionar los delitos contra los derechos humanos cometidos por sus autoridades y la imprescriptibilidad de las acciones para sancionar los delitos de lesa humanidad, violaciones graves de los derechos humanos y crímenes de guerra. … Dichos delitos quedan excluidos de los beneficios que puedan conllevar su impunidad, incluidos el indulto y la amnistía. …Por todo lo anteriormente dicho, y para que el paso del tiempo no signifique más un mayor agravio a las víctimas del plan genocida que comenzara a implementarse en las postrimerías del año 1974 hasta el año 1983, con algunos casos residuales en años siguientes, y con la intolerable continuación de las perversas consecuencias de los delitos de lesa humanidad, entre ellas que miles de familiares de las víctimas aún no han podido recuperar los restos de sus seres queridos; y más perentorio aún si cabe: el clandestino e ilegítimo destino de los más de 300 menores apropiadxs y de lxs nacidxs en cautiverio. Esta situación es lisa y llanamente impunidad, y es competencia del Poder Ejecutivo impedir que sigan inmunes los verdugos; como también implementar todos los medios para que los culpables reparen los daños causados, daños que persisten al ser arrebatada su identidad y destruidos los lazos con sus familias biológicas. Esos cientos de menores, adultos ya, siguen viviendo en una aberrante mentira.

Señor Fernández en el momento de su asunción como presidente, pronunció entre otros, los siguientes compromisos:

– Queremos que no haya impunidad. Ni para un funcionario corrupto ni para quien lo corrompe. Nunca más a una Justicia contaminada por servicios de inteligencia. Nunca más a una Justicia contaminada.-“Argentina levantará alto sus principios de paz, democracia y plena vigencia de los derechos humanos».- «Si alguna vez me desvío en el compromiso que asumo, salgan a la calle a recordarme lo que estoy haciendo. Les prometo que volveré a la senda sin dudar en un instante».

En coherencia con dichas palabras, y en su competencia como Comandante en Jefe de todas las fuerzas armadas, está en sus manos permitir el acceso público a la totalidad de los archivos, para que puedan recuperarse las huellas dejadas en el tiempo por lxs 30.000 detenidxs desaparecidxs, madres y abuelxs que han soportado tantísimo en las búsquedas de lxs hijxs de sus hijxs, y que ya no pueden soportar ni siquiera, el peso de los brazos abiertos anhelando estrechar a quienes esperan tanto!!

En estas demandas nos asiste, constitucionalmente establecida, la justicia internacional, recogida esta disposición en la citada reforma de 1994, por la cual toda persona tiene el derecho de acceder a las instancias internacionales, en los términos establecidos en los tratados, pactos y convenciones sobre derechos humanos ratificados por la República, a dirigir peticiones o quejas ante los órganos internacionales creados para tales fines, con el objeto de solicitar el amparo a sus derechos humanos.

Asimismo, el Estado debe adoptar las medidas que sean necesarias para dar cumplimiento a las decisiones emanadas de los órganos internacionales. Aún así, deseamos señor Presidente Fernández, cumpla en breve con las obligaciones y atribuciones específicas por la Constitución, y por los compromisos enunciados por usted como Presidente. Por todo cuanto hemos dicho, esperamos una respuesta de Justicia.