NO FUE REQUISA. Ya que no se retiró ningún elemento considerado prohibido dentro de la institución.
– FUE una irrupción violenta por parte de las TOE. Todos los efectivos eran masculinos con máscaras anti-gas y armados, violando las disposiciones de la ley 24660 y sus respectivas modificaciones que establecen claramente en el artículo 191 que “Ningún funcionario penitenciario del sexo masculino ingresará en dependencias de un establecimiento o sección para mujeres sin ser acompañado por un miembro del personal femenino”.
– FUE un claro acto de VIOLENCIA INSTITUCIONAL tomando en consideración que ese habitáculo fue brutalmente invadido por las fuerzas especiales sorprendiendo a las 23 mujeres y los 7 niños que DORMIAN en el sector de madres, sin que se haya generado previamente ninguna situación conflictiva.
En este punto consideramos fundamental acentuar que Argentina adhiere a la Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes, aprobado por la ley 23338. Como también la creación del Sistema Nacional de Prevención de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, el cual garantiza los derechos reconocidos tendientes a la prevención de la situación aquí expuesta, teniendo en cuenta su incorporación en el artículo 75 inciso 22 de la Constitución nacional. Es de suma importancia resaltar que las normas de dicho Sistema son disposiciones de orden público y aplicables en toda la república Argentina.
– FUE un atropello a los derechos a humanos de las mujeres presas y a los derechos de la infancia. Ya que no sólo irrumpieron violentamente utilizando la fuerza física sino que además tiraron gases lacrimógenos y rociaron gas pimienta en forma indiscriminada. Sólo por mencionar algunos testimonios, transmitimos lo vivenciado por “la abuela”, una mujer de 69 años que a causa de los gases y la tensión vivida sufrió un cuadro convulsivo sin haber recibido atención alguna y ante el reclamo realizado por parte de su compañera de celda, quien tenía a su beba de 11 meses en brazos, esta última fue rociada en el rostro con gas pimienta. Otro caso a mencionar es el de una beba de seis meses que padece broncoespasmos y tuvo principios de asfixia.
– FUE un completo abuso de poder por parte del Servicio Penitenciario y las TOE que no sólo golpearon y reprimieron a las internas sino que, además, ejercieron el traslado arbitrario de 4 de ellas a la ciudad de Santa Fe, vulnerando por completo sus derechos y alejándolas de su entorno familiar.
– FUE un desatino institucional haber desestimado el riesgo de vida que correrían los menores ante el premeditado accionar violento de las fuerzas, siendo de público conocimiento las garantías constitucionales que debe brindar el Estado en sus espacios de reclusión.
– FUE VIOLENCIA DE GÉNERO no sólo por el evidente hecho de que es una institución que aloja MUEJERES y que absolutamente todo el personal que ingresó era masculino, sino que además se atacó a una mujer que cursa un embarazo de 7 meses (que posteriormente no recibió ningún tipo de atención médica), a una interna que se encontraba bañándose y que, fue arrastrada desnuda envuelta en una frazada y a otra de las chicas que permanecía en cama por una lesión en su pierna, solo por mencionar los casos más aberrantes.
Como ONG que transita espacios de encierro desde hace más de 10 años no podemos permanecer indiferentes ante semejante atropello a los derechos de las personas privadas de su libertad, repudiamos y denunciamos todo acto de violencia institucional, violencia de género y violación de derechos fundamentales por parte tanto del Servicio Penitenciario de Santa Fe como de las Tropas de Operación Especiales de la Provincia.
Agradeceremos enormemente la difusión de este descargo ya que resulta de vital importancia que tanto las autoridades correspondientes como la sociedad toda se hagan eco de este hecho que se pretende minimizar o, aún peor, silenciar.
Muchas gracias.
ONG MUJERES TRAS LAS REJAS.