(Red de Derechos Humanos de Corrientes y Observatorio de Conflictos Sociales del NEA ) Rubens Gales mira atentamente el rayo de sol que entra por el pequeño ventiluz de su celda. Sigue toda su trayectoria, desde que se inicia como un destello en la oscuridad, hasta que se desvanece, mezclado con la luz del día que comienza. Frente a esa porción de sol, Gales sueña que tiene un jardín, allá en Santo Tomé, donde vivió hasta cumplir los 40; se ve a sí mismo caminando sobre el pasto, entre las flores, sintiendo los olores y los colores, la tierra en sus pies. Por un ratito, imagina que es feliz.
Gales tiene 62 años, pero lleva 25 años encerrado en el “Área de Seguridad” dependiente del Servicio Penitenciario de Corrientes. Un fatídico día de 1996, en medio de un brote atacó y mató a su padre. Fue sobreseído y declarado inimputable por padecer esquizofrenia paranoide, pero terminó alojado en esa institución “sui generis” que retiene a personas de toda laya, a mitad de camino entre una cárcel y un hospital psiquiátrico.
“Cada vez que iba a visitar a los internos”, cuenta Hilda Presman de la Red de Derechos Humanos de Corrientes, “me decía: yo no quiero morirme acá”. El pasado 15 de abril, después de tragar fragmentos de una bombilla metálica y tras una complicada cirugía, Gales falleció. “Fue el único modo de encontrar su libertad”, sostiene Hilda. En el último tiempo, escribió varias cartas al gobernador Valdez, solicitando una reconsideración de su caso y la mejora de las instalaciones de detención para los internos. Al día de hoy, sus pedidos siguen sin respuesta.
¿Qué es el “Área de Seguridad”?
El denominado “Área de Seguridad” funciona en el predio del Hospital de Salud Mental, pero no tiene vinculación funcional con el mismo. Se trata de un lugar inhumano, por el desamparo y el abandono social, judicial y médico en el que casi “vegetan” las personas allí alojadas. Estas personas están totalmente desestimuladas en su condición humana, ausentes, sobre-medicadas, ociosas, sin ninguna actividad recreativa, educativa, productiva.
En el Área de seguridad, dependiente del Servicio Penitenciario Provincial, no hay ninguna actividad psicoterapéutica, socializadora, estimulante para los internos. No hay escuela, ni forma alguna de educación no formal, talleres, lectura, música, no hay espacios de recreación, solo un par de horas de “patio” y luego encierro en sórdidos pabellones.
Actualmente se encuentran allí encerrados cerca de 70 internos (la mayoría hombres, pero hay también mujeres), algunos declarados inimputables, como Gales, o con otras medidas de seguridad, procesadas, condenadas. Permanecen allí por años, apartados de sus hogares por consumos problemáticos de sustancias u otras situaciones de salud mental que pueden ocasionar daño para sí o para terceros.
La mayoría de las veces estas “internaciones” se producen como respuesta del sistema a problemáticas de tipo social más que por principios médicos. Se fundan en otros casos en criterios de peligrosidad y no de riesgo cierto e inminente. No se opta por las opciones menos restrictivas, no hay proporcionalidad en esas internaciones, ya que muchas veces duran más que las penas que se hubieran impuesto, de haber sido penalmente responsables.
Muertes en cárceles, muertes por cárceles
Según registros del Observatorio de Conflictos Sociales y la Red de Derechos Humanos de Corrientes se ha registrado en el “Área de Seguridad” durante el trienio 2022-2024 un total de 3 muertes. La estadística indica un índice de 1 caso cada 23 personas, superando ampliamente la tasa de muertes de Corrientes Capital de 1 muerte cada 18.797 personas. Además de Gales, en el Área de Seguridad encontraron la muerte también en ese período:
Marcos López de 25 años, quien murió quemado tras un incendio en su celda. Las rejas fueron abiertas recién después de que se apagara el fuego, y a Marcos lo sacaron ya con más del 70 % del cuerpo quemado. En el lugar no había colchones ignífugos ni elementos efectivos de control de fuego.
Patricia Carles de 53 años, quien padecía problemas de hipertensión y tenía antecedentes de esquizofrenia. Había sido detenida en el marco de una investigación por desobediencia judicial en una causa de usurpación, un delito que es excarcelable.
En esta Unidad Penal todos los estándares de protección de derechos de las personas con padecimientos mentales establecidos en el modelo social de atención que establece la Ley de Salud Mental, han sido violentados, con la anuencia de un poder judicial que dispone detenciones e internaciones voluntarias sin las evaluaciones pertinentes y un sistema de (in)seguridad en la custodia que nos lleva a la paradoja de un establecimiento médico asistencial sui generis, que sólo tiene personal de vigilancia penitenciaria, con un enfermero y psicólogo por turno, sin médicos clínicos más que los que rotan por las unidades en guardias pasivas, y una sola médica psiquiatra para una población penal de 1300 personas en toda la provincia.
La Comisión Provincial por la Memoria de la provincia de Buenos Aires acuñó el término “muerte por cárcel” para diferenciar este tipo de hechos de una simple “muerte en cárcel”. Se trata de aquellos casos en los que las condiciones de detención constituyen un causante o agravante del fallecimiento de la persona que se encuentra bajo custodia estatal. La muerte por cárcel constituye la principal causa de fallecimientos por responsabilidad estatal en la provincia de Corrientes. Entre 2008 y 2018, un total de 32 personas murieron bajo custodia del Estado en cárceles y comisarías.
Las muertes en cárceles son crímenes de Estado. El Estado es responsable. Abril de 2024