200 presos fueron trasladados compulsivamente, se hará lo mismo con 400 más, agravando su devastación en el encierro

(Por Hilda Presman/ Red Derechos Humanos) Ante traslado improvisado, realizado en  forma caótica, desordenada e intempestiva, sin las previsiones necesarias para el mantenimiento del orden, el control de conflictividad y alojamiento en condiciones dignas y acordes a los estándares mínimos en materia de DD.HH, La Red Corrientes de Derechos Humanos, con el patrocinio de la Dra. Andrea Quincose Vilalta ha presentado en el día de la fecha un   Habeas Corpus Correctivo Colectivo por agravamiento de las condiciones de detención y  Medida de No innovar , teniendo como amparados a los varones privados de libertad que cumplen condena en la Unidad Penal Nº 1 “Complejo Penitenciario de San Cayetano (edificio nuevo) como también aquellos aún alojados en la Unidad Penal Nº 1 “Penal de la Capital” (edificio viejo) que en cuanto sean trasladados al nuevo complejo, serán sometidos a idénticas o peores condiciones. Hilda Presman/ Ciudad de Corrientes/+54) 379 15 4390002)

De  modo alguno se objeta o cuestiona la construcción de la nueva Unidad Penitenciaria Nº 1 en San Cayetano ni la (lógica) obligación de trasladar a la población penal desde el vetusto “Penal de la Capital” hacia esas nuevas instalaciones. Son las formas y condiciones en que se está llevando adelante el cumplimiento de ese deber lo que motiva esta presentación, puesto que no existe planificación (o la existente es ineficaz) y no se haya resuelto el funcionamiento de áreas esenciales como EDUCACIÓN, TRABAJO y la ACCESIBILIDAD al lugar, desconociéndose por completo las causas que motivan la urgencia.

La reubicación intempestiva, improvisada y desorganizada de los internos del “Penal de la Capital” al nuevo complejo penitenciario, vulnera múltiples derechos -todos ellos, fundamentales- consagrados en variadas normas nacionales e internacionales, como también aquellas consideradas softlaw emanadas de recomendaciones de organismos internacionales:

·         A condiciones dignas de alojamiento

·         Al ejercicio de un oficio y actividades productivas

·         A la educación

·         Al mantenimiento y desarrollo de vínculos interpersonales y familiares

·         A la alimentación adecuada y suficiente

·         A la asistencia espiritual

Solicito la realización de una audiencia prevista por el art. 10 de la Ley Nº 5854, la que dada la gravedad de la situación planteada y el compromiso de derechos y garantías fundamentales, solicitamos sea realizada CONSTITUYÉNDOSE EL TRIBUNAL EN LAS DEPENDENCIAS DE LA NUEVA UNIDAD PENAL Nº 1, A FIN DE QUE EN EL MISMO ACTO SE REALICE LA INSPECCIÓN DEL LUGAR Y LA ENTREVISTA CON LOS INTERNOS A FIN DE RECOGER SUS TESTIMONIOS, siendo ellos los amparados por la presente acción y que como disponen los arts. 10 y cctes. de la mencionada Ley, deben tener participación en la misma.

MEDIDA CAUTELAR: SOLICITO SE DICTE PROHIBICIÓN DE INNOVAR, HACIÉNDOSE CESAR LOS TRASLADOS DE LOS INTERNOS ALOJADOS EN EL “PENAL DE LA CAPITAL” HACIA LA NUEVA UNIDAD PENITENCIARIA Nº 1 HASTA TANTO ESTÉN DADAS LAS CONDICIONES DE ALOJAMIENTO EN TODOS LOS PABELLONES COMO TAMBIÉN RESUELTA LA ORGANIZACIÓN DEL ÁREA DE EDUCACIÓN, CIRCUITO PRODUCTIVO Y DE TRABAJO, Y HABILITADO EL ACCESO DE VISITAS

Hilda Presman

Ciudad de Corrientes

(+54) 379 15 4390002